Resolución N° 168/011 de DGSG- 29/09/2011- Inscripción para la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el Área de certificación de bovinos con destino a la producción de carne de calidad superior para la exportación

Llámase a inscripción para la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el Área de “certificación de bovinos con destino a la producción de carne de calidad superior para la exportación”.

 

                                                                                                                       Montevideo, 29 de setiembre de 2011

DGSG/Nº168 /011

VISTO: la necesidad de acreditar veterinarios de libre ejercicio en el Área de certificación de bovinos con destino a la producción de carne de calidad superior para la exportación;

RESULTANDO: I) por resoluciones de esta Dirección General Nº 57/2010 de 21 de abril de 2010 y Nº 135/2011 de 5 de setiembre de 2011, se dispuso la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el área de certificación para establecimientos dedicados al engorde de bovinos a corral con destino a la producción de carne de calidad superior para la Unión Europea y Suiza;

II) en el mes de mayo de 2010, se realizaron cursos de capacitación y evaluación correspondientes al área precedentemente especificada;

III) la efectiva apertura de los mercados de la Unión Europea y Suiza para la carne de calidad superior, demanda la disponibilidad en breve plazo, de Profesionales Veterinarios de libre ejercicio acreditados;

IV) el Comité de Acreditación, reunido el 12 de setiembre del corriente, considera que no sería necesario realizar instancias de capacitación para los interesados, en actividades complementarias al área de movimiento de ganado, sugiriendo se organice únicamente una evaluación de competencia para la acreditación dicha Área;

CONSIDERANDO: I) conveniente, proceder de acuerdo a lo aconsejado por el Comité de Acreditación;

II) necesario, encomendar a la Unidad de Capacitación y Difusión, la organización de las instancias de evaluación, garantizando la transparencia e igualdad de oportunidades para todos los profesionales veterinarios;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo dispuesto por la Ley Nº 3.606 de fecha 23 de abril de 1910; Ley Nº 17.950 de 8 de enero de 2006; decreto Nº 171 de 21 de mayo de 2007; Ley Nº 16.736 de fecha 5 de enero de 1996; resoluciones DGSG Nº 57/2010 de 21 de abril de 2010 y Nº 135/2011 de 5 de setiembre de 2011 y Decreto Nº 24/998 de fecha 29 de enero de 1998;

LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS RESUELVE:

1. Llámase a inscripción para la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el Área de “certificación de bovinos con destino a la producción de carne de calidad superior para la exportación”. La competencia técnica de los aspirantes, se evaluará mediante una prueba a realizarse en las oportunidades determinadas a dichos efectos.

2. Cométase a la Unidad de Capacitación y Difusión, en coordinación con el Comité de Acreditación, la organización e implementación de las instancias de evaluación, para la acreditación en el Área especificada precedentemente.

3. La acreditaciones se otorgarán a partir del 24 de octubre de 2011, a los profesionales veterinarios que hayan aprobado la prueba de evaluación; que se encentren acreditados en el Área de movimiento de ganado y que cumplan con los demás requisitos exigidos por la normativa vigente, a juicio del Comité de Acreditación. Los profesionales veterinarios que hayan asistido y aprobado el curso de capacitación impartido por el MGAP en el Área de certificación para establecimientos dedicados al engorde de bovinos a corral con destino a la producción de carne de calidad superior para la Unión Europea, estarán eximidos de realizar la prueba de evaluación de competencias.

4. Dése cuenta a la Facultad de Veterinaria, Sociedad de Medicina Veterinaria y Academia Nacional de Veterinaria.

5. Notifíquese personalmente a los integrantes del Comité de Acreditación y a la Unidad de Capacitación y Difusión.

6. Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal, Contralor de Semovientes y Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino y a todas las dependencias de la Dirección General de Servicios Ganaderos en Montevideo e Interior del país.

7. Publíquese en la página Web del MGAP y en las carteleras de todas las dependencias de la División Sanidad Animal y DILAVE de Montevideo e Interior del país para conocimiento público.

8. Notifíquese personalmente mediante correo electrónico a los profesionales veterinarios de libre ejercicio registrados en el SINAVELE.

9. Difúndase, publíquese, etc.

Firmante: Dr. Francisco Muzio - Director General

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