Resolución N° 351/015 de DINARA; sobre llamado a interesados al registro de aspirantes de pesca artesanal en zonas G,H,I y J
VISTO: La Resolución del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca N° 179/11 de 13 de setiembre de 2011 dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas del Poder Ejecutivo por la que se realizó un llamado abierto a interesados en formar parte de un Registro de Aspirantes a Permisos de Pesca Artesanal;
RESULTANDO:
- que dicho llamado resultó una herramienta efectiva para la regularización de los pescadores y por tanto para el ordenamiento de las pesquerías;
- que el numeral 10° de la Resolución citada en el Visto fijó el próximo llamado abierto a interesados en formar parte de un Registro a Aspirantes a Permiso de Pesca Artesanal para el mes de octubre del corriente;
- que del informe técnico efectuado ha surgido la pertinencia de excluir del presente llamado a la zona E en virtud, entre otros, de las características particulares de esta zona, de las diferentes pesquerías que comprende así como de la superpoblación de embarcaciones;
CONSIDERANDO: necesario mantener las medidas adoptadas con el fin de continuar ordenando la actividad, apuntando al aprovechamiento responsable de los recursos y a su adecuada explotación;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 19.175 de 20 de diciembre de 2013, a la Resolución del Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas del Poder Ejecutivo N° 107/11 de 10 de junio de 2011 y a la Resolución de DIÑARA N° 012/02 de 28 de enero de 2002;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS
RESUELVE:
- Realizar un llamado abierto a interesados en formar parte de un Registro de Aspirantes a Permiso de Pesca Artesanal para las zonas G, H, I y J así definidas por el numeral 1º de la Resolución de DINARA N° 012/02 de 28 de enero de 2002.
- Solo podrán inscribirse quienes no sean titulares de permiso de pesca comercial artesanal, tengan antigüedad comprobable en la actividad pesquera artesanal y residan en la zona para la cual se inscriban. No podrán inscribirse quienes hayan sido poseedores de permiso de pesca habiéndolo transferido, salvo justificación fundada.
- Las inscripciones para integrar dicho registro se recibirán entre el 16 de noviembre y el 18 de diciembre de 2015 en las oficinas de DINARA y en las dependencias de la Prefectura Nacional Naval correspondientes a las zonas G, H, I y J. A tales efectos los interesados deberán completar en dicho plazo los formularios pertinentes anexando toda la información y/o documentación peticionada.
- Solo se otorgarán constancias de incorporación para las zonas G, H I y J a solicitudes que integren el registro de aspirantes y para embarcaciones que no superen las 4 TRB (cuatro Toneladas de Registro Bruto).
- Las constancias que se encuentren en trámite, expedidas por esta Dirección Nacional para su presentación ante la Prefectura Nacional Naval y las que se expidan para los integrantes del Registro de Aspirantes, no podrán ser utilizadas con posterioridad al vencimiento de los plazos en ellas establecidos.
- El próximo llamado abierto a interesados en formar parte de un Registro de Aspirantes a Permiso de Pesca Artesanal para las zonas G, H, I y J será efectuado de acuerdo a las posibilidades de cada zona y según lo entienda pertinente la DINARA quien en su oportunidad dará la más amplia difusión.
- Publíquese en el Diario Oficial y sitio web de DINARA y comuníquese.
Dr. Rolando Daniel Gilardoni
Director Nacional de Recursos Acuáticos