Resolución N° 10/023 DINARA Situación actual almeja amarilla

Situación actual almeja amarilla (Mesodesma mactroides).

LA DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

RESUELVE:

1º) Establecer, a partir de la fecha de la presente Resolución, un cupo total de captura de 33 (treinta y tres) kilos de almeja amarilla (Mesodesma mactroides) para cada pescador desde Tierra con permiso vigente, en la zona comprendida entre la desembocadura del Canal Andreoni y el Arroyo Chuy (Departamento de Rocha).

2º) La extracción de la especie almeja amarilla durante la zafra 2023, deberá realizarse únicamente por el permisario.

3º) Fíjase para el presente año, a partir del 1º de febrero y hasta el 31 de octubre, una veda total de extracción para la especie almeja amarilla en la zona comprendida entre la desembocadura del Canal Andreoni y el Arroyo Chuy (Departamento de Rocha).

4º) La presente veda será independiente de las prohibiciones de extracción, comercialización y transporte que pudieran surgir por presencia de marea roja en el área.

 5º) Los permisarios deberán entregar los Partes de pesca que registren la actividad de captura y horas de trabajo de cada día. La omisión en la entrega de los Partes de pesca, así como exceder el cupo anual otorgado por la DINARA a cada pescador, será motivo de sanción y podrá dar lugar a la caducidad del permiso.

6º) Comuníquese, publíquese.

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