Resolución N° 101/022 SARU Modificación parcial de la Resolución ministerial Nº 72/022

Se modifica parcialmente el numeral 2°) de la parte dispositiva de la Resolución ministerial Nº 72/022, de 24 de junio de 2022, dictada ejercicio de atribuciones delegadas, en el sentido que, donde dice: " ...en todos Jos casos más IVA y reajustables a partir del 1° de enero de cada año por el porcentaje que a tales efectos fije el Poder Ejecutivo para los funcionarios de Ja Administración Centrar debe decir: "...en todos Jos casos más /VA y reajustables por el porcentaje que a tales efectos fije el Poder Ejecutivo para Jos funcionarios de la Administración Central, y en las mismas instancias que se ajuste a éstos últimos".

VISTO: la Resolución ministerial Nº 72/022, de 24 de junio de 2022, dictada en ejercicio de atribuciones delegadas;

RESULTANDO: I) por la mencionada Resolución, se autorizó la renovación contractual, en régimen de arrendamientos de servicios, de los consultores allí detallados y que se desempeñan en el marco del Proyecto Sistemas Agroecológicos y Resilientes en Uruguay (SARU), Préstamo BIRF Nº 9305-UY (fs. 971 a 975 vta.);

II) con fecha 28 de julio de 2022, la Gerencia de Administración y Finanzas de la Unidad de Gestión de Proyectos da cuenta que en la referida Resolución, se padeció error en parte de la redacción del numeral 2°) de la parte dispositiva, en lo que refiere al ajuste de los honorarios allí determinados, debiendo haberse establecido: " ...en todos Jos casos más /VA y reajustables por el porcentaje que a tales efectos fije el Poder Ejecutivo para Jos funcionarios de Ja Administración Central, y en las mismas instancias que se ajuste a éstos últimos";

CONSIDERANDO: procedente disponer del modo solicitado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA, EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

RESUELVE:

1°) Modificase parcialmente el numeral 2°) de la parte dispositiva de la Resolución ministerial Nº 72/022, de 24 de junio de 2022, dictada ejercicio de atribuciones delegadas, en el sentido que, donde dice: " ...en todos Jos casos más IVA y reajustables a partir del 1° de enero de cada año por el porcentaje que a tales efectos fije el Poder Ejecutivo para los funcionarios de Ja Administración Centrar debe decir: "...en todos Jos casos más /VA y reajustables por el porcentaje que a tales efectos fije el Poder Ejecutivo para Jos funcionarios de la Administración Central, y en las mismas instancias que se ajuste a éstos últimos".

2°) Mantiénese en sus restantes términos la antedicha Resolución.

3°) Por Disposiciones y Proyectos-Acuerdos, comuníquese al Departamento de Acuerdos de la Presidencia de la República.

4°) Vuelva a la Unidad de Gestión de Proyectos de esta Secretaría de Estado para su conocimiento y demás efectos pertinentes.

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