Resolución N° 141/018 DGSA Requisitos Técnicos para el Registro de Enmiendas Orgánicas
VISTO: La Resolución DGSA Nº 97 de 15 de agosto de 2018, la cual instrumenta el Registro y Control de productos orgánicos para uso Agrícola, siendo preciso implementar los requisitos técnicos para Enmiendas Orgánicas y aprobar los formularios requeridos para dichos trámites.
RESULTANDO: I) Que la precitada Resolución en el numeral 5º establece los requisitos que deben cumplir los productos orgánicos para ser considerados de interés para su registro y en el punto 1 reza, que los mismos deben pertenecer a ciertos grupos entre ellos Enmiendas Orgánicas.
II) Que se han elaborado por la División Control de Insumos los requisitos técnicos para el registro de Enmiendas Orgánicas y los procedimientos necesarios para su implementación mediante formularios de Solicitud de Registro, Solicitud de Importación y Solicitud de Introducción de: Muestra para Registro / Partida Experimental para Ensayos de Eficacia Agronómica.
CONSIDERANDO: la necesidad de establecer los requisitos técnicos para el registro de los mismos y los procedimientos administrativos para implementar dicho registro. ATENTO: a las razones antes expuestas y a lo previsto en los artículos 173, 175 y 176 de la Ley Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013 y artículo 137 de la Ley Nº 13.640 de 26 de diciembre de 1967 en la redacción dada por el artículo 375 de la Ley Nº 18.719, en el Decreto 220/998 en su Artículo 39 y Resolución DGSA Nº 97 de 15 de agosto de 2018
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
RESUELVE:
1) Apruébanse los REQUISITOS TÉCNICOS PARA EL REGISTRO DE ENMIENDAS ORGÁNICAS identificado como ANEXO I, los formularios adjuntos Nº 288 - SOLICITUD DE REGISTRO DE ENMIENDAS ORGÁNICAS; Nº 289 - SOLICITUD DE IMPORTACIÓN DE ENMIENDA ORGÁNICA, Nº 290 - SOLICITUD DE INTRODUCCIÓN DE: MUESTRA PARA REGISTRO / PARTIDA EXPERIMENTAL PARA ENSAYOS DE EFICACIA AGRONÓMICA y el PROTOCOLO PATRON DE ENSAYOS DE EFICACIA AGRONÓMICA PARA PRODUCTOS FORMULADOS EN TRÁMITE DE REGISTRO Y PARA VALIDACIÓN DE ENSAYOS DE PARTIDAS EXPERIMENTALES CON FINES DE REGISTRO, los cuales se consideran parte integrante de esta Resolución.
2) La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación.
3) Publíquese en el Diario Oficial y la página Web Institucional.
4) Dese cuenta mediante circular a todas las Divisiones de esta Unidad Ejecutora y extiéndase copia a la Dirección General de Secretaría
5) Cumplido, archívese.
ING. AGR. FEDERICO MONTES ROSÉ
DIRECTOR GENERAL
UNIDAD EJECUTORA 4
M.G.A.P. - SERVICIOS AGRÍCOLAS