Resolución N° 141/023 Autorizase la renovación contractual, en régimen de arrendamiento de servicios del consultor Marcelo Javier Piñeiro Sosa

Autorizase la renovación contractual, en régimen de arrendamiento de servicios, del consultor Marcelo Javier Piñeiro Sosa, cédula de identidad N° 4.500.070-6, como Asistente de Desarrollo, por el período 21 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024, en el marco del Proyecto Sistemas Agroecológicos y Resilientes en Uruguay (SARU), Préstamo BIRF N° 9305-UY, y de acuerdo al proyecto contractual y Términos de Referencia incorporados de fs. 52 a 59.

VISTO: los presentes antecedentes remitidos por la Unidad de Gestión de Proyectos (UGP) de este Inciso;

RESULTANDO: I) por Resoluciones ministeriales N° 72/022, de 24 de junio de 2022, N° 101/022, de 4 de agosto de 2022, N° 167/022, de 28 de octubre de 2022, N° 75/023, de 28 de abril de 2023 y N° 104/023, de 7 de julio de 2023 dictadas en ejercicio de atribuciones delegadas, se autorizó la renovación y enmienda contractual, en régimen de arrendamiento de servicios de -entre otros- el consultor Marcelo Javier Piñeiro Sosa, para desempeñarse como Asistente de Desarrollo de la Unidad de Capacitación de la UGP, en el marco del Proyecto de Sistemas Agroecológicos y Resilientes en Uruguay (SARU) - Préstamo N° 9305-UY

II) que consta incorporada la declaración jurada del consultor a fs. 47;

III) que el 11 de julio de 2023, la Gerencia de Administración y Finanzas de la UGP promovió el procesamiento de la renovación contractual del referido, en las condiciones indicadas a fs. 67;

IV) que la Auditoría Delegada del Tribunal de Cuentas destacada ante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, por dictamen de fecha 24 de julio de 2023, indicó que, una vez dictada la Resolución definitiva por el Ordenador competente, se tendrá por intervenido el gasto derivado;

CONSIDERANDO: que se estima pertinente autorizar la renovación contractual promovida;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 45 del TOCAF, artículo 10 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011 y a la Resolución del Poder Ejecutivo N° 17/012, de 25 de enero de 2012, dictada en Consejo de Ministros;

EL MINISTRO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA, EN

EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS RESUELVE:

Io) Autorizase la renovación contractual, en régimen de arrendamiento de servicios, del consultor Marcelo Javier Piñeiro Sosa, cédula de identidad N° 4.500.070-6, como Asistente de Desarrollo, por el período 21 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024, en el marco del Proyecto Sistemas Agroecológicos y Resilientes en Uruguay (SARU), Préstamo BIRF N° 9305-UY, y de acuerdo al proyecto contractual y Términos de Referencia incorporados de fs. 52 a 59.

2o) La remuneración mensual nominal del contratado  asociada a su carga horaria será de $ 86.923 (pesos uruguayos ochenta y seis mil novecientos veintitrés), por 30 horas semanales; más IVA y reajustables por el porcentaje que a tales efectos fije el Poder Ejecutivo para los funcionarios de la Administración Central, y en las mismas instancias que se ajuste a éstos últimos.

3o) La erogación resultante será atendida con cargo al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320, Proyecto 723 y 210, Objeto del Gasto 282, Financiamiento 2.1.

4o) Facúltase al Gerente Ejecutivo de la UGP, Lie. Javier Aznárez, a suscribir la renovación contractual correspondiente, en las condiciones indicadas.

5o) Por Disposiciones y Proyectos - Acuerdos, comuníquese al Departamento de Acuerdos de Presidencia de la República, y por la División Administración General, dese cuenta a la Auditoría del Tribunal de Cuentas destacada ante el Inciso.

6o) Vuelva a la Unidad de Gestión de Proyectos para su conocimiento y demás efectos pertinentes.

7o) Cumplido, pase por su orden a la División Recursos Humanos para su conocimiento e inscripción en el Sistema de Gestión Humana y en el Registro de Vínculos con el Estado, y a la Unidad de Comunicación Organizacional y Difusión para la publicación de la presente Resoluciónen la página web de esta Secretaría de Estado.

8o) Oportunamente, archívese.

Ing. Agr. Fernando Mattos Costa

Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca

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