Resolución N° 149/018 DGSG Aprobación procedimientos para la importación de huevos fértiles y aves de un día con destino a la reproducción

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
Montevideo, 26 de abril de 2018
DGSG/Nº 149/018
VISTO: la necesidad de actualizar el procedimiento para la importación de huevos fértiles y aves de un día con destino a la reproducción;
RESULTANDO: l) el Decreto Nº 758/973 de fecha 13 de diciembre de 1973 autoriza la importación de aves y huevos de pedigree con destino a reproducción, en las condiciones que dicha norma detalla;
ll) por resolución DGSG Nº 329A/017, de 29 de septiembre de 2017 aprueba la versión 02 del "Procedimiento para la importación de huevos fértiles y aves de un día con destino a la reproducción", el "Instructivo para el muestreo de pollitos bb y huevos fértiles" y el "Instructivo para e/ muestreo de pollitos bb de importación en DILA VE",
III) es competencia de la División Sanidad Animal el control de las certificaciones exigidas al país de origen, de los productos a importar;
CONSIDERANDO: necesario establecer los procedimientos adecuados a fin de intensificar los controles sanitarios y minimizar los riesgos de ingreso al país de enfermedades aviares exóticas;
ATENTO: a Io precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley Nº 3.606 de fecha 13 de abril de 1910; Decreto Nº 193/971 de fecha 15 de abril de 1971 y modificativos; Decreto Nº 758/973 de fecha 13 de setiembre de 1973 y modificativos; Decreto Nº 170/004 de 21 de mayo de 2004;
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
RESUELVE:
1. Apruébese la Versión 03 del "Procedimiento para la importación de huevos fértiles y aves de un día con destino a la reproducción", la Versión 02 del "Instructivo para el muestreo de pollitos bb y huevos fértiles" y la Versión 02 del "Instructivo para el muestreo de pollitos bb de importación en DILAVE", cuyos textos se adjuntan y forma parte integrante de la presente resolución.
2. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución y en el procedimiento aprobado, podrá ser pasible de la aplicación de las sanciones establecidas en los artículos 262 y 285 de la ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, modificativas y complementarias, sin perjuicio de las sanciones establecidas en leyes especiales.
3. Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal, Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino y a todas las dependencias de la Dirección General de Servicios Ganaderos en Montevideo e Interior del país.
4. Publíquese en el Diario Oficial y en la página Web del MGAP.
5. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.
6. Deróguense todas las normas que difieran total o parcialmente con las disposiciones contenidas en la presente resolución.
7. Difúndase, publíquese, etc.
Firmante: Dr. Eduardo Barre Albera - Director General
Descargar Anexos:
Procedimiento para la importación de huevos fértiles y aves de un día con destino a reproducción ver 02
Instructivo para el muestreo de pollitos bb y huevos fértiles Ver 02
Instructivo para el muestreo de pollitos bb de importación en DILAVE ver 02