Resolución N° 185/022 MGAP Contratación de Supervisores Zonales bajo el vínculo de contrato zafral

Se autoriza la contratación, en calidad de Supervisores Zonales bajo el vínculo de contrato zafral, a las personas que se detallan en la presente resolución.

VISTO: los antecedentes relacionados con la contratación de 105 (ciento cinco) Supervisores Zonales bajo la modalidad de contrato zafral, para desempeñar tareas en el Censo General Agropecuario 2022 (CGA 2022);

RESULTANDO: I) que por Resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Nº 827 de 2 de septiembre de 2022, se validaron las actuaciones realizadas por el Tribunal y la convocatoria por llamado público y abierto Nº 6508/2022 del Portal de Uruguay Concursa, para la contratación de 105 cargos de Supervisores Zonales;

II) que el Tribunal interviniente ha sustanciado las etapas correspondientes al proceso de selección y elevó el orden de prelación resultante para realizar las contrataciones mencionadas ut supra. Por Actas Nº 1 y Nº 2, de fechas 12 y 22 de agosto de 2022, se estableció el orden de prelación de los postulantes seleccionados y por Resoluciones del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Nº 705 y 793 de fechas 16 y 30 de agosto de 2022 respectivamente, se homologó dicho fallo;·

lll) que se solicitó informe a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Contaduría General de la Nación;

IV) que por Resolución del Presidente de la República actuando en consejo de Ministros, de fecha 5 de septiembre de 2022, se resolvió delegar en el Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca o quien haga sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo, referentes a la contratación bajo régimen de contrato zafral, dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19996 de 3 de noviembre de 2021, exclusivamente para el CGA 2022;

V) Que, por Resolución del Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, en ejercicio de atribuciones delegadas, Nº 139 de fecha 26 de setiembre de 2022, se autorizó la contratación, en calidad de Supervisores Zonales bajo vínculo de contrato zafral, entre otros, a: Nancy Torres, C.I. 4.563.533-7 (área 308), Verónica Carrero, C.I. 4.610.580-6 (área 318), Federico Olivera, C.I. 5.057.727-5 (área 1304) y Laura Nievas, C.I. 4.367.141-6 (área  1602), quienes posteriormente han renunciado al cargo ofrecido y por tanto se procedió  a convocar de la lista de prelación vigente.

CONSIDERANDO: que, habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto por la normativa vigente, nada obsta a las contrataciones promovidas;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los Arts. 8 y 147 de la Ley Nº 19.996 de 3 de noviembre del 2021, Art. 270 de la Ley Nº 19.924 de 30 de diciembre de 2020, Art. 105 de la Ley Nº 19.889 de 9 de julio de 2020, Decreto Nº 106/021 de 6 de abril de 2021 y Resolución del Poder Ejecutivo en Consejo de Ministros de fecha 5 de septiembre de 2022;

EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA, EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

RESUELVE:

1°) Autorízase la contratación, en calidad de Supervisores Zonales bajo el vínculo de contrato zafral, a las personas que se detallan a continuación:

Tabla 1

2°) Facúltase a la Directora General de Secretaría del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a suscribir los contratos correspondientes en las condiciones indicadas.

3°) El plazo de la contratación se contabilizará desde la firma del contrato respectivo por el plazo de hasta 3 (tres) meses, prorrogable hasta por un mes más.

4°) La remuneración se reajustará en la misma oportunidad y porcentaje que se disponga para los funcionarios de la Administración Central.

5°) La retribución será financiada con el objeto del gasto 095.007 "Fondo para Contrato Zafral".

6°) Por Disposiciones y Proyectos - Acuerdos, comuníquese al Departamento Acuerdos de la Presidencia de la República

7°) Pase a la Unidad de Comunicación Organizacional y Difusión a efectos de la publicación de la presente resolución en la página web de esta Secretaría de Estado.

8°) Los respectivos contratos deberán inscribirse en el Sistema de Gestión Humana (S.G.H.) y en el Registro de Vínculos con el Estado (R.V.E.) creado por el Artículo 13, de la Ley No. 18.719 de 27 d diciembre de 2010.-

Ing. Agr. Fernando Mattos Costa
Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca

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