Resolución N° 189/024 Sustitúyese la redacción del Resultando II) de la Resolución ministerial N° 169/024, de 14 de agosto de 2024
Montevideo, 27 de agosto de 2024
VISTO: la Resolución ministerial N° 169/024, de 14 de agosto de 2024, dictada en ejercicio de atribuciones delegadas;
RESULTANDO: I) que por la citada Resolución, se modificó parcialmente el numeral 1°) de la parte dispositiva de la Resolución ministerial N° 126/024, de 8 de julio de 2024, dictada en ejercicio de atribuciones delegadas, que autorizó la renovación contractual, en régimen de arrendamiento de servicios, entre otros, del consultor Fernando Joaquín Meyer, en el marco del “Proyecto Sistemas Agroecológicos y Resilientes en Uruguay” (SARU), Préstamo BIRF N° 9305-UY;
II) que el 20 de agosto de 2024, la Auditoría de la Contaduría General de la Nación destacada ante el Inciso solicitó la enmienda del Resultando II) de la citada Resolución N° 169/024 en relación a la cédula de identidad del consultor Fernando Joaquín Meyer;
CONSIDERANDO: que corresponde realizar el ajuste correspondiente, sustituyendo -por razones de mayor claridad- la redacción total del Resultando II) mencionado;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL MINISTRO INTERINO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA, EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS
RESUELVE:
1°) Sustitúyese la redacción del Resultando II) de la Resolución ministerial N° 169/024, de 14 de agosto de 2024, dictada en ejercicio de atribuciones delegadas, por la siguiente: “…II) que el 8 de agosto de 2024, la Unidad de Gestión de Proyectos (UGP) solicitó la modificación de la citada Resolución N° 126/024 en relación a la cédula de identidad del consultor Fernando Joaquín Meyer, correspondiendo consignar el N° 2.926.167-5 en lugar del N° 2.929.167-5;”.
2°) Mantiénese en sus restantes términos la antedicha Resolución.
3°) Por el Departamento Disposiciones y Proyectos - Acuerdos, comuníquese al Departamento de Acuerdos de Presidencia de la República, y por la División Administración Documental, dese cuenta a la Auditoría del Tribunal de Cuentas destacada ante el Inciso y a la a la Unidad de Gestión de Proyectos (UGP).
4°) Remítase a la Auditoría de la Contaduría General de la Nación destacada ante el Inciso tal como se solicita a fs. 319.
5°) Cumplido, y una vez realizadas las tramitaciones pendientes, vuelva para su archivo.