Resolución N° 388/015 de DINARA: Cierre de recepción de solicitudes de permisos para pesca artesanal y de tierra
VISTO: la Resolución de DINARA Nº 386/15 de 21 de diciembre de 2015;
RESULTANDO:
- que por la citada Resolución se establecieron una serie de medidas para la ordenación de la pesca artesanal y desde tierra en cuanto a la recepción y otorgamiento de incorporaciones y permisos de pesca para las Zonas K (Lagunas del Litoral Atlántico incluyendo afluentes) y L (desde Punta del Este hasta el límite lateral con Brasil, incluyendo afluentes) de la Resolución de DINARA Nº 012/02 de 28 de enero de 2002;
CONSIDERANDO: pertinente cerrar el otorgamiento de nuevos permisos de pescador desde tierra en todas las zonas dado el grado de esfuerzo de pesca y la situación actual de los recursos;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Nº 19.175 de 20 de diciembre de 2013, el artículo 11 del Decreto Nº 149/997 de 7 de mayo de 1997 y a la Resolución del Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca Nº 1263/14 de 20 de octubre de 2014 que delega en el Director de la DINARA las atribuciones referidas al otorgamiento de permisos de pesca artesanal y desde tierra;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS
RESUELVE:
- A partir del 1º de marzo de 2016 y hasta nueva disposición no se recibirán nuevas solicitudes de Incorporación, de Permisos de Pesca Artesanal ni de Permisos desde Tierra.
- Para aquellos Permisos de Pesca y Permisos desde tierra que se encuentren vencidos sin haberse solicitado aún su renovación se otorga un plazo hasta el 28 de febrero de 2016 pata iniciar al trámite correspondiente.
- Publíquese en el Diario Oficial y sitio web oficial de DINARA y comuníquese.
Dr. ROLANDO DANIEL GILARDONI
DIRECTOR NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS