Resolución N° 662/021 MGAP Llamado a candidatos a integrar la Junata Nacional de la Granja en calidad de cuarto miembro

Se invita públicamente a las organizaciones de productores granjeros de primer grado que no sean miembros de la Confederación Granjera del Uruguay, de la Comisión de Fomento Rural y de las Cooperativas Agrarias Federadas, a presentar ante el Ministerio de Ganaderia, Agricultura y Pesca, sus candidatos para integrar la Junta Nacional de la Granja en calidad de cuarto miembro representante de los productores granjeros, dentro del plazo de 60 (sesenta) dias a contar de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial.

VISTO: Ia forma de integración y duración de los miembros de la Junta Nacional de la Granja prevista por los artículos 8 y 9 de la Ley N° 16.105, de 23 de enero de 1990, en Ia redacción dada al inciso 2° del primero de los artículos referidos por el artículo 136 de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018, y a los incisos 2°, 3° y 4° del segundo de los  artículos referidos por el articulo Único de Ia Ley N° 16.324, de 9 de noviembre de 1992;

RESULTANDO: I) que con fecha 17 de febrero de 2021, el Director General de la Granja da cuenta de Ia necesidad, al amparo de la normativa citada, de que se proceda a la designación de los nuevos representantes de los productores granjeros ante la Junta Nacional de Ia Granja,  uno  por la  Confederaci6n  Granjera del  Uruguay,  otro por la Comisión Nacional de Fomento Rural, otro por las Cooperativas Agrarias Federadas y el cuarto por las demás organizaciones de productores de primer grado. Para ello, indica que esta Secretaria de Estado debería en los tres primeros casos solicitar la designación, y en el último, realizar una convocatoria pública. Asimismo, señala que debería solicitarse al Ministerio de Economía y Finanzas, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Banco de Ia República Oriental del Uruguay y Cámaras de Industrias del Uruguay Ia designación de sus respectivos representantes, en cumplimiento de Ia normativa vigente (fs.1);

II) que por informe de fecha 4 de marzo de 2021, Ia Asesora de la Dirección General de Secretaria, Dra. Elsa Gendra, señala que procedería realizar y cursar los oficios respectivos a las organizaciones y entidades mencionadas por la Dirección General de la Granja en la nota precedente y, mediante resolución ministerial, invitar públicamente a las organizaciones de productores de primer grado a presentar sus candidatos, debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Oficial (fs. 3);

CONSIDERANDO:   pertinente  disponer  de  conformidad   a  lo requerido por la Direcci6n General de Ia Granja, en Ia forma indicada en el informe letrado de fs. 3;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y disposiciones citadas;

EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

RESUELVE:

1°) Invitase pUblicamente a las organizaciones de productores granjeros de primer grado que no sean miembros de la Confederacion Granjera del Uruguay, de la ComisiOn de Fomento Rural y de las Cooperativas Agrarias Federadas, a presentar ante el Ministerio de Ganaderia, Agricultura y Pesca, sus candidatos para integrar la Junta Nacional de la Granja en calidad de cuarto miembro representante de los productores granjeros, dentro del plazo de 60 (sesenta) dias a contar de la fecha de publicaciOn de la presente Resolucion en el Diario Oficial.

2°) Dichas propuestas .deberán presentarse, en el plazo indicado, en Ia División Administraci6n General de Ia Direcci6n General de Secretaria del  Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, sita en la calle Constituyente 1476 de la ciudad de Montevideo. En  ellas, deberá acreditarse -mediante constancia notarial- Ia personería jurídica, el normal funcionamiento y representación de la organización respectiva.

3°) Confecciónense los Oficios a ser cursados a las organizaciones y entidades individualizadas en el "Resultando I)" de esta Resolución.

4°) Remítase a la Unidad de Comunicación Organizacional y Difusi6n para la publicación de la presente en el Diario Oficial y en dos diarios de circulación nacional.

5°) Cumplido, pase sin más trámite a Ia División Administración General a efectos de cursar los Oficios precedentemente referidos y llevar a cabo Ia recepci6n dispuesta en el numeral 2°) precedente.

Reunidas que sean las comunicaciones de designación y las propuestas de candidatos, elévese oportunamente a Ia Dirección General de Secretaria para su conocimiento y demás efectos procedentes.

Carlos María Uriarte

Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca

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