Resolución N° 75/023 del MGAP: Enmienda contractual del arrendamiento de servicios del consultor Marcelo Javier Piñeiro Sosa

Autorízase la enmienda contractual del arrendamiento de servicios como Asistente de Desarrollo del consultor Marcelo Javier Piñeiro Sosa, cédula de identidad N° 4.500.070-6, en el marco del “Proyecto Sistemas Agroecológicos y Resilientes en Uruguay” (SARU) Préstamo BIRF N° 9305-UY, con vigencia desde la fecha de suscripción y hasta el 30 de junio de 2023, con opción a renovación, y conforme los demás aspectos del proyecto contractual y términos de referencia incorporados de fs. 55 a 60, los que se aprueban y forman parte integrante de la presente Resolución.

VISTO: los presentes antecedentes remitidos por la Unidad de Gestión de Proyectos (UGP) del Inciso;

RESULTANDO:

  • I) que por Resolución ministerial N° 72/022, de 24 de junio de 2022, su modificativa N° 167/0252, de 28 de octubre de 2022, y N° 167/022, de 28 de octubre de 2022, todas dictadas en ejercicio de atribuciones delegadas, se autorizó la renovación y posterior enmienda contractual, entre otros, del vínculo con Marcelo Javier Piñeiro Sosa, con el objeto de continuar desempeñándose como Asistente de Desarrollo, en el marco del Proyecto “Sistemas Agroecológicos y Resilientes en Uruguay” (SARU) Préstamo BIRF N° 9305-UY;
  • II) que a fs. 51 consta incorporada la declaración jurada del consultor;
  • III) que con fecha 9 de marzo de 2023, la Gerencia de Administración y Finanzas de la UGP promueve se procese la enmienda contractual promovida por la Dirección General de Recursos Naturales, lo que determina una modificación de sus honorarios en función de la asunción de nuevas actividades y responsabilidades;
  • IV) que la Auditoría del Tribunal de Cuentas destacada ante el Inciso, por dictamen de fecha 11 de abril de 2023, intervino preventivamente por reiteración la enmienda de referencia (artículo 211 literal b) de la Constitución), considerando que se trata de la enmienda de un contrato que ya fue observado y reiterado. Por otra parte, solicitó que, una vez suscrito el nuevo contrato, le sea remitido para control de sus registros;

CONSIDERANDO: que se estima pertinente autorizar la enmienda contractual promovida;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 45, artículo 10 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, y a la Resolución del Poder Ejecutivo N° 17/012, de 25 de enero de 2012, dictada en Consejo de Ministros;

EL MINISTRO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA, EN

EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

RESUELVE:

  1. Autorízase la enmienda contractual del arrendamiento de servicios como Asistente de Desarrollo del consultor Marcelo Javier Piñeiro Sosa, cédula de identidad N° 4.500.070-6, en el marco del “Proyecto Sistemas Agroecológicos y Resilientes en Uruguay” (SARU) Préstamo BIRF N° 9305-UY, con vigencia desde la fecha de suscripción y hasta el 30 de junio de 2023, con opción a renovación, y conforme los demás aspectos del proyecto contractual y términos de referencia incorporados de fs. 55 a 60, los que se aprueban y forman parte integrante de la presente Resolución.
  2. La remuneración mensual nominal del contratado será de $ 86.923 (pesos uruguayos ochenta y seis mil novecientos veintitrés) más IVA, reajustable por el porcentaje que a tales efectos fije el Poder Ejecutivo para los funcionarios de la Administración Central, y en las mismas instancias que se ajuste a éstos últimos. La carga horaria será de 32 horas semanales de labor.
  3. La erogación resultante será atendida con cargo al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320, Proyecto 210, Objeto del Gasto 282, Financiamiento 2.1.
  4. Facúltase al Gerente Ejecutivo de la Unidad de Gestión de Proyectos, Lie. Javier Aznárez, a suscribir la enmienda contractual autorizada, en las condiciones indicadas.
  5. Por Disposiciones y Proyectos - Acuerdos, comuniqúese al Departamento de Acuerdos de Presidencia de la República, y por la División Administración General, dese cuenta a la Auditoría del Tribunal de Cuentas destacada ante el Inciso.
  6. Vuelva a la Unidad de Gestión de Proyectos (UGP), con destino a la Gerencia de Administración y Finanzas, para su conocimiento y demás efectos pertinentes.
  7. Cumplido, pase por su orden a la División Recursos Humanos para su conocimiento e inscripción en el Sistema de Gestión Humana y en el Registro de Vínculos con el Estado, y a la Unidad de Comunicación Organizacional y Difusión para la publicación de la presente Resolución en la página web de esta Secretaría de Estado.
  8. Oportunamente, archívese.

Ing.Agr. Fernando matos Costa

Ministro de Ganaderia Agricultura y pesca

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