Resolución N° 77/020 DGSA Derogar en su totalidad la Resolución N°516/019 de fecha 24 de diciembre de 2019.

Derogar en su totalidad la Resolución DGSA N° 516/019 de fecha 24 de diciembre de 2019

VISTO: la solicitud recibida por parte de UPM BIOFUELS S.A. sobre ampliación de uso de determinados productos fitosanitarios para Brassica carinata.

RESULTANDO:

  1. Que por la gestiones de referencia se peticionó la ampliación de los usos autorizados de productos fitosanitarios en el cultivo de Brassica carinata y Brassica napus var. napus L (Anexo 1, asunto 2019/7/4/1/1990;
  2. Que a la petición se contestó favorablemente según Resolución DGSA N° 516/019 de fecha 24 de diciembre de 2019, pero que la misma padece de varios errores por lo cual la Asesoría Letrada de esta Dirección General recomienda su derogación y nueva redacción;
  3. Que de acuerdo a la evaluación técnica efectuada y en base a la información aportada, los productos en base a: Piraclostrobin + Epoxiconazole + Fluxapiroxad, Azoxystrobin + Ciproconazol, Tebuconazole + Trifloxistrobin, Epoxiconazole + Metconazole, Flubendiamide, Lufenuron, Clorantraniliprole, Cletodim, Trifluralina, Clopyralid, Haloxifop-P-Metil, Dibromuro de Diquat, a las dosis indicadas para cada combinación cultivo-plaga, han mostrado eficacia biológica para el control de las plagas involucradas (Según Anexo 2, asunto
    2019/7/4/1/1990) y ausencia de fitotoxicidad;
  4. Que se ha realizado la evaluación de riesgos y que en función de la misma se aplicarán las recomendaciones de uso y medidas de mitigación correspondientes (según Anexo 3, asunto 2019/7/4/1/1990);
  5. Que la utilización de productos fitosanitarios en general y en Brassica carinata en particular exigen cumplir estrictamente con los requisitos legales y también los impuestos por los protocolos de certificación;

CONSIDERANDO: necesario incluir otros ingredientes activos para el efectivo control de malezas, plagas y enfermedades en los cultivos de referencia;

ATENTO: a lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 175,176 y 177 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013, Ley N° 17.283 de 28 de noviembre de 2000, artículos 19 y 25 del Decreto N° 149/77 de 15 de marzo de 1977 y al artículo 1o del Decreto 294/04 de 11 de agosto de 2004;

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRICOLAS
RESUELVE:

  1. Derogar en su totalidad la Resolución DGSA N° 516/019 de fecha 24 de diciembre de 2019. "
  2. Extender a los cultivos de Brassica napus var. napus L.(colza) y Brassica carinata el uso de los productos en base a: Piraclostrobin + Epoxiconazole + Fluxapiroxad, Azoxystrobin + Ciproconazol, Tebuconazole + Trifloxistrobin, Epoxiconazole + Metconazole; Flubendiamide y Clorantraniliprole; y al cultivo de Brassica carinata el uso de los productos en base a: Lufenuron Cletodim, Trifluralina, Clopyralid, Haloxifop P Metil, Dibromuro de Diquat:
    1. En función del Análisis de Riesgo efectuado para los diferentes ingredientesactivos que se autorizan en la presente resolución, se deberán incluir las siguientes Medidas Generales de Protección del Medio Ambiente:
      1. No debe producirse deriva .Usar técnicas de aplicación adecuadas que disminuyan la misma (tipos de boquilla, altura de la barra de aplicación, velocidad de aplicación, volumen de aplicación) y evitar aplicaciones en condiciones climáticas que aumenten las posibilidades de ocurrencia. La empresa aplicadora es la responsable de los daños que por sí produzca en el ejercicio de la mencionada actividad de acuerdo con la normativa vigente.
      2. No lavar ni vaciar equipos de pulverización en lagos, ríos, otras fuentes de
        agua, o en la cercanía de los mismos, ni en áreas de desagües naturales.
      3. En caso de derrame durante la aplicación contener y absorber el producto derramado con un material inerte (arena, aserrín, tierra) y recoger con pala; depositar el material impregnado en recipientes, en un sitio donde no haya peligro de contaminación de fuentes de agua.
      4. Deberá priorizarse la protección de los polinizadores y en particular de la abeja pues la misma es necesaria para la producción sostenible de alimentos y en varios cultivos se encuentra asociada a mayores cosechas.
    2. Cuando el Producto es Categoría II (Salud humana) deberán incluirse las siguientes medidas de mitigación de salud humana:
      1. Usar guantes DE LATEX.
      2. Usar mameluco impermeable exclusivo para la tarea que permita el intercambio de calor de material, fácilmente lavable y disponer de recambio en caso de accidente.
      3. Usar botas por dentro del mameluco.
      4. Usar careta antiparras y máscara de tipo N100 con filtros de partículas y vapores orgánicos.
         
      5. Lavar cuidadosamente los elementos empleados con el producto luego de cada aplicación y en el lugar de trabajo evitando la contaminación del trabajador y su familia.
      6. El aplicador debe de bañarse completamente luego de cada aplicación.
    3. Cuando el riesgo para organismos acuáticos es moderado a alto (Anexo 3), deberán incluirse las siguientes medidas de mitigación:
      1. No aplicar el producto en condiciones climáticas que favorecen la escorrentía (pronósticos de lluvia dentro de las 24 h de aplicación) o deriva del producto.
      2. Prohibida la aplicación a una distancia a cuerpos de agua menor a 10 (diez) metros en aplicaciones terrestres y 30 (treinta) metros en aplicaciones aéreas.
      3. Evitar la aplicación en surcos de erosión, desagües o áreas que descargan escorrentía en cuerpos de agua adyacentes.
    4. Recomendaciones generales:
      1. Ingredientes activos de la mezcla de Azoxystrobin + Ciproconazol

Enfermedades: Alternaria brassicae, Leptosphaeria maculans y Sclerotinia sclerotiorum
Dosis de 62,5 a 75 cc i.a./ha + 28 a 30 cc i.a./ha
Momento de aplicación: Iniciar las aplicaciones ante la aparición de síntomas.
Para control de Leptosphaer í a maculans desde el estado fisiológico B6 -C1, para Sclerotinia sclerotiorum desde el estado fisiológico F1 a G1 y para Alternaria brassicae desde el estado fisiológico D1, con un máximo de dos aplicaciones por año.
Tiempo de espera: 35 días.
Riesgo para Organismos Acuáticos: ALTO
Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
Riesgo para aves: BAJO

      1. Ingredientes activos de la mezcla de Tebuconazole+Trifloxistrobin
        Enfermedades: Alternaria brassicae, Leptosphaeria maculans y Sclerotinia sclerotiorum
        Dosis de 140-160 cc i.a./ha + 70-80 cc i.a./ha
        Momento de aplicación: Iniciar las aplicaciones ante la aparición de síntomas.
        Para control de Leptosphaeria maculans desde el estado fisiológico B6 -C1, para Sclerotinia sclerotiorum desde el estado fisiológico F1 a G1 y para Alternaria brassicae desde el estado fisiológico D1, con un máximo de dos aplicaciones por año.
        Tiempo de espera: 21 días.
        Riesgo para Organismos Acuáticos: MODERADO
        Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
        Riesgo para aves: BAJO
      2. Ingredientes activos de la mezcla de Piraclostrobin+Epoxiconazole+Fluxapiroxad
        Enfermedades: Alternaria brassicae, Leptosphaer í a maculans y Sclerotinia sclerotiorum

Dosis de 97,2 cc i.a./ha + 60 cc i.a./ha + 60 cc i.a./ha
Momento de aplicación: Iniciar las aplicaciones ante la aparición de síntomas.
Para control de Leptosphaeria maculans desde el estado fisiológico B6 -C1, para Sclerotinia sclerotiorum desde el estado fisiológico F1 a G1 y para
Alternaría brassicae desde el estado fisiológico D1, con un máximo de dos aplicaciones por año.
Tiempo de espera: 30 días.
Riesgo para Organismos Acuáticos: MODERADO
Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
Riesgo para aves: BAJO

      1. Ingredientes activos de la mezcla de Epoxiconazole + Metconazole
        Enfermedades: Leptosphaeria maculans
        Dosis de 375 cc i.a./ha + 275 cc i.a./ha
        Momento de aplicación: Iniciar las aplicaciones ante la aparición de síntomas.
        Para control de Leptosphaeria maculans desde el estado fisiológico B6 -C1 con un máximo de dos aplicaciones por año.
        Tiempo de espera: 35 días.
        Riesgo para Organismos Acuáticos: MODERADO
        Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
        Riesgo para aves: BAJO
      2. Principio activo: Flubendiamide
        Plaga: Plutella xylostella, Copitarsia consueta, Trichoplusia ni
        Dosis; 29 cc i.a/ha para Plutella xylostella y 39 cc i.a./ha para Copitarsia consueta y Trichoplusia ni
        Momento de aplicación: Monitorear el cultivo durante floración y desarrollo de silicuas realizando la aplicación al detectar la presencia del insecto, con un máximo de 1 aplicación por año. No aplicar si el cultivo ya tuvo una aplicación de Clorantraniliprole.
        Tiempo de espera: 20 días.
        Riesgo para Organismos Acuáticos: MODERADO
        Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
        Riesgo para aves: BAJO
      3. Principio activo: Lufenuron
        Plaga: Plutella xylostella
        Dosis; 7,5 g i.a./ha
        Momento aplicación: Monitorear el cultivo durante floración y desarrollo de silicuas realizando la aplicación al detectar la presencia del insecto, con un máximo de 1 aplicación por año.
        Tiempo de espera: 14 días.
        Riesgo para Organismos Acuáticos: ALTO
        Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
        Riesgo para aves: BAJO
      4. Principio activo: Clorantraniliprole
        Plaga: Plutella xylostella
        Dosis; 5-12 g i.a./ha

Momento aplicación: Monitorear el cultivo durante floración y desarrollo de silicuas realizando la aplicación al detectar la presencia del insecto con un máximo de 1 aplicación por año. No aplicar si el cultivo ya tuvo aplicación de Flubendiamide.
Tiempo de espera: 21 días.
Riesgo para Organismos Acuáticos: ALTO
Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
Riesgo para aves: BAJO

      1. Principio activo: Cletodim
        Malezas: Cynodon dactylon; Digitada sanguinalis; Echinochloa cotona; crus-galli; Eleusine indica; Lolium multiflorum; Sorghum halepense; Triticum aestivum; Zea mays
        Dosis: 84 -168 cc i.a./ha.
        Momento de aplicación: Pre emergencia
        Tiempo de espera: 60 días.
        Riesgo para Organismos Acuáticos: MODERADO
        Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
        Riesgo para aves: BAJO
      2. Principio activo: Trifluralina
        Malezas; Amaranthus quitensis; Brachiaria platyphyla; Carduus spp; Cenchrus echinatus; Chenopodium álbum; Digitada sanguinalis; Lolium multiflorum; Poa annua; Polygonum aviculare; Polygonum convolvulus; Portulaca olerácea; Setaria geniculata; Sorghum halepense; Spergula arvensis; Stelaria media; Urtica urens
        Dosis: 1,2-1,8 l/ha i.a.
        Momento de aplicación: Pre emergencia
        Tiempo de espera: 30 días.
        Riesgo para Organismos Acuáticos: MODERADO
        Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
        Riesgo para aves: BAJO
      3. Principio activo: Clopyralid
        Malezas; Ammi viznaga; Anthemis cotula; Carduus nutans; Carduus pycnocephalus; Centaurea solstitialis; Chenopodium álbum; Cirsium vulgare; Conyza bonaeriensis; Echium platagineum; Polygonum aviculare; Polygonum convolvulus; Senecio madagascariensis
        Dosis: 36-72 cc i.a./ha
        Momento de aplicación: Post emergencia
        Tiempo de espera: 45 días.
        Riesgo para Organismos Acuáticos: MODERADO
        Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
        Riesgo para aves: BAJO
      4. Principio activo: Haloxifop P Metil
        Malezas; Avena sativa; Avena strigosa; Cynodon dactylon; Digitada sanguinalis; Echinochloa cotona; Echinochloa crus-galli; Lolium multiflorum; Paspalum dilatatum; Paspalum quadrifarium; Setaria geniculata; Sorghum halepense; Zea mays
        Dosis: 37,8 -104 cc i.a./ha
        Momento de aplicación: Post emergencia
        Tiempo de espera: 30 días.
        Categoría II-Moderadamente Peligroso
        Riesgo para Organismos Acuáticos: ALTO
        Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
        Riesgo para aves: BAJO
      5. Principio activo: Dibromuro de Diquat
        Desecante de cultivo
        Dosis: 400 cc i.a. /ha Diquat ion
        Prohibida las aplicaciones aéreas

        Categoría II: Moderadamente Peligroso
        Momento de aplicación: Post emergencia
        Tiempo de espera: 7 a 14 días.
        Riesgo para Organismos Acuáticos: ALTO
        Riesgo para Organismos Polinizadores: BAJO
        Riesgo para aves: BAJO
  1. Para el cultivo de colza (Brassica napus) las firmas registrantes que a la fecha tienen registros en trámite de renovación de productos en base a Piraclostrobin + Epoxiconazole +Fluxapiroxad, Azoxystrobin + Ciproconazol, Trifloxistrobin +Tebuconazole, Metconazole + Epoxiconazole, Flubendiamide y Clorantraniliprole podrán realizar las ampliaciones de uso sin necesidad de información adicional agregando en sus correspondientes proyectos de etiquetas, las recomendaciones de uso y medidas de mitigación señaladas en el Artículo 1° Literales a, b y c y del Decreto 294/004 de fecha 11 de agosto de 2004.

Para el cultivo de Brassica carinata las firmas registrantes de productos en base a Piraclostrobin + Epoxiconazole + Fluxapiroxad, Azoxystrobin + Ciproconazol, Trifloxistrobin + Tebuconazole, Metconazole + Epoxiconazole, Clorantraniliprole, Flubendiamide, Lufenuron, Cletodim, Trifluralina, Clopyralid, Haloxifop P Metil, Dibromuro de Diquat podrán realizar las ampliaciones de uso sin necesidad de información adicional agregando en sus correspondientes proyectos de etiquetas, las recomendaciones de uso y medidas de mitigación señaladas en el Artículo 10 Literales a, b, y c del Decreto 294/004 de 11 de agosto de 2004.-

  1. A tales efectos, dispondrán de un plazo de 30 (treinta) días corridos para presentar las solicitudes de modificación de etiqueta (Form. 234 D).
  2. Para el cultivo de colza (Brassica napus) en el caso de que los registros se encontraran en vigencia la modificación deberá realizarse según lo que establece el Decreto 149/1977 y el costo será el correspondiente al trámite de Modificación de Uso.
  3. Para el cultivo de Brassica carinata, el trámite no insumirá costos para la empresa registrante, al amparo de lo dispuesto por el artículo 177 de la Ley N° 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013 en la redacción dada por el artículo 129 de la Ley N° 19670 de fecha 15 de octubre de 2018 mediante el cual se faculta al Poder Ejecutivo a eximir el pago de la tasa de evaluación y registro o renovación de productos fitosanitarios cuyo destino sea el uso en cultivos menores.
  4. Todas las autorizaciones establecidas en la presente resolución se extienden por el plazo de 12 (doce) meses a contar a partir de la aprobación de la etiqueta, tiempo durante el cual UPM y las empresas registrantes deberán presentar análisis de residuos a cosecha para Piraclostrobin + Epoxiconazole + Fluxapiroxad, Azoxystrobin + Ciproconazol, Trifloxistrobin + Tebuconazole, Metconazole +Epoxiconazole, Clorantraniliprole, Flubendiamide, Lufenuron ,Cletodim, Trifluralina, Clopyralid, Flaloxifop P Metil, Dibromuro de Diquat e información adicional a requerimiento de la División Control de Insumos.-
  5. Por el Departamento de Administración notifíquese a la firma UPM BIOFUELS S.A. y a las empresas registrantes de fitosanitarios con productos vigentes o en renovación base de Piraclostrobin + Epoxiconazole + Fluxapiroxad, Azoxystrobin + Ciproconazol, Trifloxistrobin + Tebuconazole, Metconazole + Epoxiconazole, Clorantraniliprole, Flubendiamide, Lufenuron, Cletodim, Trifluralina, Clopyralid, Haloxifop P Metil, Dibromuro de Diquat (según Anexo 4, asunto 2019/7/4/1/1990).
  6. Dese cuenta a la División Control de Insumos.
  7. Publíquese en la página Web institucional y en el sitio web particular de la Dirección General de Servicios Agrícolas.
  8. Cumplido, archívese.

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