Resolución N° 84/024 Modifícase, ad referéndum de la intervención de la Auditoría del Tribunal de Cuentas destacada ante el Inciso, el numeral 3°) de la parte dispositiva de las Resoluciones ministeriales Nros. 466/023 y 115/023 y siguientes
Montevideo, 13 de mayo
VISTO: los presentes antecedentes remitidos por la Gerencia de Administración y Finanzas de la Unidad de Gestión de Proyectos (UGP) del Inciso;
RESULTANDO: I) que en su gestión, dicha Unidad da cuenta que por virtud de los Decretos N° 275/023, de 11 de setiembre de 2023 y N° 355/023, de 10 de noviembre de 2023, se suspendió el otorgamiento de certificados de crédito nominativos emitidos por la Dirección General Impositiva (DGI) para los organismos estatales no contribuyentes del IVA a partir del 1° de enero de 2024;
II) que por tal motivo, agrega, correspondería enmendar parte de las Resoluciones ministeriales que detalla, en relación al financiamiento de las contrataciones llevadas a cabo en su aplicación, donde el IVA correspondiente pasará a financiarse a través de Rentas Generales;
CONSIDERANDO: que procede disponer del modo requerido por la Unidad de Gestión de Proyectos (UGP);
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, disposiciones citadas y a la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 17/012, de 25 de enero de 2012, dictada en Consejo de Ministros, que delega atribuciones;
EL MINISTRO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA, EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES RESUELVE:
1º) Modifícase, ad referéndum de la intervención de la Auditoría del Tribunal de Cuentas destacada ante el Inciso, el numeral 3°) de la parte dispositiva de las Resoluciones ministeriales Nros. 466/023 y 115/023, de 12 de julio de 2023, 118/023 y 119/023, de 26 de julio de 2023, 120/023 y 121/023, de 3 de agosto de 2023, 139/023 y 141/023 de 9 de agosto de 2023, 148/023 de 28 de agosto de 2023 y su modificativa Nº 149/023, de 7 de setiembre de 2023, 1189/023, de 1º de diciembre de 2023, 0015/024 de 5 de enero de 2024, 55/024 de 26 de marzo de 2024 y 56/024 de 26 de marzo de 2024, todas dictadas todas en ejercicio de atribuciones delegadas, que quedará redactado de la siguiente manera: “La erogación resultante se atenderá con cargo al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320, Proyecto 210, Objeto del Gasto 282, Financiamiento 2.1 y 1.1.”
2º) Vuelva a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Unidad de Gestión de Proyectos (UGP) del Inciso para conocimiento y demás efectos pertinentes.
3°) Archívese oportunamente.