Resolución N° 931/011 de Dinara-01/09/2011-Apertura sub-zona CF de pesca artesanal

Apertura sub-zona CF de pesca artesanal

Resolución Nº 931/11

Montevideo, 1º de setiembre de 2011

VISTO: La Resolución Nº 693/11 de fecha 8 de julio de 2011;

RESULTANDO: I) que por la citada resolución creó una nueva área geográfica para la pesca, la Sub-zona CF, en el tramo del Río Negro comprendido desde su desembocadura en el Río Uruguay hasta el extremo oeste de la Isla de las Cañas, II).- asimismo el numeral 2º de la misma dispone que dicha sub-zona se otorgará solamente a pescadores artesanales con permiso de pesca que acrediten residencia permanente en Villa Soriano;

CONSIDERANDO: conveniente proceder de acuerdo a la citada resolución otorgando la sub-zona CF a quienes cumplen con los requisitos exigidos para ello;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Resolución

Ministerial Delegada Nº 119/11 de 28 de junio de 2011 y a la Resolución de DINARA Nº 693/11 de 8 de julio de 2011;

 

LA DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS RESUELVE:

 1º.- Incluir en los permisos de pesca artesanal cuyos titulares, embarcaciones, número de permisos y zona se detallan en el anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución, la Sub–Zona CF. 

2º.- Asignar la zona C a los permisos detallados en el anexo que cuenten con una zona diferente a ella.

3º.- En los casos de los permisos que ya tienen asignada una sub-zona la misma será sustituida por la Sub-zona CF.

3º.- Pase al Registro General de Pesca para que proceda a realizar las modificaciones correspondientes en los respectivos permisos de pesca de acuerdo a la presente Resolución. Posteriormente pase a la Sección Administración Documental para que notifique a los interesados. Cumplido, pase a conocimiento de la Unidad de Pesca Artesanal y vuelva a la Sección Administración Documental para su archivo. 

 

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