Denuncias por mal uso de productos fitosanitarios
El mal uso de productos fitosanitarios puede ocasionar daños tanto al ser humano como a animales y a la integridad del medio ambiente. La reglamentación intenta minimizar el riesgo de esos daños y prevé en sus disposiciones la aplicación de sanciones a quienes contravengan lo en ellas dispuesto .
Es responsabilidad del aplicador (ya sea persona física o jurídica) el cumplimiento de las disposiciones vigentes en lo que a aplicación de plaguicidas agrícolas se refiere y será en ellos que recaiga las sanciones correspondientes por daños causados por deriva, residuos de limpieza de los equipos de aplicación y derrames.
Tanto quienes (personas físicas o jurídicas) se vean directamente afectados por el incumplimiento de las disposiciones previstas en la materia, tanto así como la población en general, tienen el deber y el derecho statación de los mismos.
¿Cómo denuncio?
- Puede hacerlo vía WEB
- Directamente ante la DGSA Av. Millán 4703 - Mdeo.,
- Telefónico ( 02 309 8410 int. 192, 127 o 155);
- e-mail ( tecnicasdeaplicacion@mgap.gub.uy ) o correo.
- También puede ser presentado ante cualquier dependencia del MGAP en el interior del país, solicitando que sea enviado por FAX a la DGSA.
Nota:
Pueden solicitar más información enviando un correo electrónico a tecnologiasdeaplicacion@mgap.gub.uy, o llamando al teléfono (02) 309 84 10 interno 192, 127 o 155.
Ante la presentación de una denuncia correctamente efectuada, funcionarios del Área de Tecnologías de Aplicación de la DGSA, concurrirán al lugar del hecho para constatar la presencia del daño denunciado. La gravedad de la infracción y los antecedentes del infractor determinan la severidad de la tipificación de la infracción.
El MGAP busca que no se produzcan nuevos daños por lo que el infractor recibe información, capacitación, apercibimiento o sanción (registro de infractores). El Departamento Jurídico del MGAP es quien sanciona, no indemniza.
Por demanda de daños y perjuicios se debe concurrir ante la Justicia Ordinaria y requiere la presentación de informe técnico.
¿Qué denunciar?
Aplicaciones aéreas
Son pasibles de denuncia las APLICACIONES AÉREAS de productos fitosanitarios realizadas a menos de 500 (quinientos) metros de distancia de cualquier centro poblado o del límite del predio de cualquier Centro Educativo;o a menos de 30 (treinta) metros de distancia de ríos, arroyos, cañadas, lagos, lagunas, represas y tajamares.
Aplicaciones terrestres
Son pasibles de denuncia las APLICACIONES TERRESTRES mecanizadas (equipos de autopropulsión o de arrastre ) de productos fitosanitarios realizadas a menos de 300 (trescientos) metros de distancia de cualquier centro poblado o del límite del predio de cualquier Centro Educativo; o a menos de 10 (diez) metros de distancia de ríos, arroyos, cañadas, lagos, lagunas, represas y tajamares
Circulación vehicular
Es pasible de denuncia la circulación por la vía pública de maquinaria de aplicación con el tanque conteniendo productos fitosanitarios o sucia de producto.
Lavado de maquinaria de aplicación
Es pasible de denuncia la constatación de que directamente en ríos, arroyos, cañadas, lagos, lagunas, represas, tajamares o cualquier otra corriente o fuente natural de agua se está :
- lavando la maquinaria de aplicación, sucia de producto fitosanitario,
- llenando con agua los tanques de esa maquinaria sin usar recipientes intermedios limpios de productos fitosanitarios
Deriva
Son pasibles de denuncia los daños ocasionados por deriva de productos fitosanitarios , entendiéndose por deriva toda porción de producto fitosanitario que cae fuera del sitio objeto de tratamientos.
- llenando con agua los tanques de esa maquinaria sin usar recipientes intermedios limpios de productos fitosanitarios
Otros casos a denunciar
Así como también puede denunciar la venta de productos fitosanitarios adulterados; sin etiqueta; en envases distintos a los originales; caducados, no registrados en Uruguayo o directamente prohibidos en Uruguay.
Lo anteriormente expuesto se refiere a disposiciones generales para cualquier producto fitosanitario de uso agrícola, pero existen además disposiciones específicas para productos concretos, los que no estando totalmente prohibidos tienen sí restringido su uso y las condiciones del mismo. Por lo tanto, cualquier uso constatado fuera de los previstos por la normativa vigente es pasible de denuncia.
Ejemplos:
ENDOSULFAN
Prohibido por Decreto 434 /011 de 5 de diciembre de 2011
FIPRONIL
En cuanto a productos fitosanitarios autorizados, formulados a base de fipronil, es pasible de denuncia cualquier uso de los mismos a excepción:
- del control de hormigas con cebo tóxico granulado
- como curasemilla en arroz