18 de noviembre 
Aniversario de la Ley 19.691 de promoción del trabajo para personas con discapacidad
En el marco de la conmemoración del tercer aniversario de la entrada de vigencia de la Ley N.° 19.691 sobre promoción del trabajo para personas con discapacidad en el ámbito privado, la Comisión Nacional de Inclusión Laboral recuerda que a partir de la fecha la cuota de personas con discapacidad empleadas en una empresa de 25 o más trabajadores debe ser del 4 % de la plantilla de trabajadores permanentes.

Hasta alcanzar dicha cuota, los cargos vacantes deben cubrirse con personas con discapacidad que tengan condiciones y conocimiento para desempeñarse en esos cargos.
Por asesoramiento sobre la forma de realizar los llamados accesibles así como para contar con un operador laboral en caso de ser necesario, contactarse con la Dirección de Discapacidad del MIDES, teléfono de contacto: 2400 0302, internos 6151 al 6153; o por el correo electrónico: empleodiscapacidad@mides.gub.uy.
Por información sobre la solicitud del certificado de cumplimiento de la ley y la inscripción en el Registro de Empleadores, contactarse al correo electrónico: secretariainclusionlaboral@mtss.gub.uy.