Banca oficial y AEBU alcanzan acuerdo colectivo con mejoras en las condiciones de trabajo, cuidados e inclusión

En el preacuerdo suscrito en el mes de mayo, participaron representantes del MTSS, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), los directorios del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), Banco de Seguros del Estado (BSE) y Banco Central del Uruguay (BCU), junto a representantes de AEBU.
El acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027 y es resultado de un proceso de negociación colectiva desarrollado en el ámbito del MTSS, reafirmando la importancia del diálogo social como herramienta para alcanzar consensos y promover mejores condiciones laborales en el sector público.
Tras la firma de este jueves, la directora nacional de Trabajo, Marcela Barrios, destacó la visión integral del trabajador que se desprende del conjunto de las cláusulas del acuerdo, donde el acento no se pone sólo en las retribuciones sino también en los derechos que se derivan de la persona humana, integralmente considerada, como miembro de una familia y de una sociedad.
Asimismo, Barrios subrayó la plena vigencia del diálogo social como herramienta fundamental para construir acuerdos que permitan avanzar simultáneamente en la mejora de las condiciones de trabajo, la protección de los derechos y la calidad de vida de las personas.
Entre los principales aspectos acordados se encuentra la realización de un ajuste salarial general a partir del 1° de enero de 2027, tomando como referencia las metas de inflación definidas por el Comité de Coordinación Macroeconómica (CCM). Además, se prevé la aplicación de correctivos inflacionarios durante la vigencia del convenio y al finalizar el período acordado, con el objetivo de preservar el poder adquisitivo de los trabajadores.
El acuerdo también establece el pago de una partida especial por única vez, que será distribuida entre el personal activo de la banca oficial en febrero de 2027.
Uno de los capítulos más relevantes del documento refiere a la ampliación de derechos vinculados a los cuidados y a la conciliación entre la vida laboral y familiar.
En ese sentido, se crea una licencia para el cuidado del recién nacido de uso indistinto y alternado entre ambos progenitores, que podrá extenderse en determinadas situaciones vinculadas a nacimientos prematuros o problemas de salud complejos. Asimismo, se amplía la licencia por paternidad y se equiparan los derechos derivados de la adopción con los correspondientes a la maternidad y paternidad biológica.
El texto incorpora además licencias para el cuidado de familiares directos enfermos y horas destinadas a la participación en actividades educativas de hijos e hijas en etapas de educación inicial, primaria y primer ciclo de educación media.
El acuerdo prevé acciones orientadas a fortalecer la inclusión laboral de personas afrodescendientes, personas trans y personas con discapacidad, en línea con la normativa vigente sobre acciones afirmativas.
También establece el compromiso de las instituciones de avanzar en la implementación del Modelo de Calidad con Equidad de Género y de actualizar los protocolos de prevención y actuación frente al acoso laboral y sexual, con apoyo técnico del MTSS.
Por otra parte, se acordó la creación de grupos de trabajo específicos para analizar aspectos vinculados al teletrabajo, los horarios de atención al público, los sistemas de ascenso, así como iniciativas relacionadas con el acceso a la vivienda y mecanismos de alivio financiero para los trabajadores del sector.
Con el propósito de preservar la estabilidad de los servicios y promover la resolución dialogada de eventuales diferencias, el documento incorpora mecanismos de prevención de conflictos que prevén instancias obligatorias de negociación antes de la adopción de medidas gremiales o administrativas vinculadas a los temas acordados.
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