BPS autoriza pagos sin multas ni recargos por retroactividades de los laudos

Autorización comprende a todos los sectores de actividad
El Banco de Previsión Social (BPS) autoriza -una vez homologados los acuerdos de los Consejos de Salarios- el pago sin multas ni recargos de las retroactividades por laudo generadas a partir del 1ºde julio de 2015, las que se deberán realizar, en última instancia, conjuntamente con el pago de las obligaciones correspondientes al mes de cargo diciembre de 2015, a efectivizarse en enero de 2016. Ver Resolución

Esta autorización comprende a todos los sectores de actividad, cualquiera sea la fecha efectiva en que se haya registrado el acuerdo y efectuada su publicación hasta el 31 de diciembre de 2015. Igual tratamiento tendrán las demás obligaciones formales y rectificaciones al sistema de historia laboral, derivadas de los ajustes salariales dispuestos a partir del 1º de julio de 2015.

Los aportes personales generados por dichas retroactividades salariales se podrán abonar mediante cheques diferidos con un plazo máximo de hasta 180 días . Las multas y recargos se calcularán desde el  vencimiento correspondiente en el mes de enero hasta la fecha de cobro de cada cheque.

Por otra parte, los aportes patronales podrán ser abonados mediante la suscripción de convenios de facilidades de pago, de hasta 18 cuotas en pesos o 36 cuotas en dólares. 

Descargas