Comunicado MTSS-BPS por Planilla de Trabajo Unificada

El día 6 de julio vence plazo de Planilla de Trabajo Unificada para empresas pertenecientes al grupo 10 de los Consejos de Salarios
Se recuerda que el día 6 de julio se cumple el plazo para que las empresas del grupo 10 de los Consejos de Salarios, registren todos los datos sobre Condiciones de Trabajo en los servicios en línea del Banco de Previsión Social, cumpliendo así con la Planilla de Trabajo Unificada, de acuerdo al decreto N° 278/017.

Tenemos el agrado de destacar el cumplimiento de las empresas de los grupos 1 a 9, cuyo plazo para completar la información ya ha vencido, porque un 97% ha registrado toda la información de todos sus trabajadores.

El grupo 10 contiene a los siguientes subgrupos:

1. Tiendas
2. Artículos para el Hogar
3. Máquinas de Oficina
4. Bazares, ferreterías, pinturerías y jugueterías
5. Mayoristas e Importadores y mayoristas de almacén
6. Casas de Música
7. Librerías y Papelerías
8. Barracas de Construcción
9. Farmacias, Homeopatías y Herboristerías
10. Ópticas
11. Casas de fotografía
12. Casas dentales
13. Droguerías Farmacéuticas. Distribución
14. Laboratorios fotográficos
15. Venta de motos, ciclomotores sus repuestos y accesorios
16. Empresas que comercializan productos, art. y/o equipos médicos hospitalarios y/o de uso en laboratorios
17. Repuestos de automotores
18. Supermercados
19. Anda
20. Barracas y cooperativas de cereales
21. Supergas envasado
22. Supergas distribución
23. Supergas fleteros
24. Cooperativas de consumo
Grupo 10 Residual

Tanto el MTSS como el BPS brindan asesoramiento sobre Planilla de Trabajo Unificada a través de las siguientes vías de comunicación:
MTSS: nuevaplanilla@mtss.gub.uy
BPS: teléfono 0800 2017 o a través del "Consúltenos" en los mismos servicios en línea.

A continuación podrán acceder al calendario que establece el plazo de vencimientos según grupo y subgrupo de actividad: https://www.mtss.gub.uy/web/mtss/calendario-de-renovacion

 

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