Comunicado sobre constitución de domicilio electrónico ante el MTSS

En virtud de la reciente aprobación por parte del Poder Ejecutivo del Decreto Nro. 343/017, de fecha 4 de diciembre de 2017, relacionado a la constitución de domicilio electrónico ante este Ministerio, por parte de todo empleador del sector público y privado que tenga registrado o registre trabajadores (con excepción del sector doméstico), a los efectos de recibir las notificaciones y comunicaciones que realice el organismo en el ejercicio de su actividad, el MTSS informa:

- La obligatoriedad en la constitución del domicilio electrónico ante este Ministerio comenzará a implementarse a partir del mes de marzo de 2018, en los plazos y condiciones que oportunamente se comunicarán.

- La obligación de constituir domicilio electrónico se iniciará con empleadores que tengan actuaciones abiertas ante la IGTSS.  

- Antes de dicha fecha no existe obligación de constituir domicilio electrónico ante el MTSS.