Nuevo régimen horario personal Edificios Propiedad Horizontal

 

Según la
Ley 19.028, de reciente progmulgación, se formulan cambios en el régimen horario del personal de los edificios de Propiedad Horizontal, estableciendo un régimen de 44 horas de trabajo, con 36 horas consecutivas de descanso que incluya una jornada completa de 24 horas (de 0 a la 24). Estos comprenden a los trabajadores que, en forma de contratación directa o tercerizada, se desempeñen en tareas de portería, limpieza, jardinería, garajista, vigilancia, sereno, encargado, turnante o mucama.