20 años Ley 18.033

Se realizó acto conmemorativo por los 20 años de la Comisión Especial creada por Ley 18.033

En el marco del acto conmemorativo por los 20 años de la Comisión Especial creada por la Ley N.º 18.033, el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Juan Castillo, destacó el valor de esta norma como instrumento de reparación para las personas que sufrieron la persecución y las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, y reivindicó el compromiso de quienes defendieron la democracia.
Castillo y demás integrantes de la mesa

Castillo subrayó que la ley constituye una herramienta fundamental, aunque perfectible, y sostuvo que ninguna compensación económica puede reparar plenamente los daños provocados por el terrorismo de Estado. “No hay precio, no hay monto de dinero, no hay salario o jubilación o pensión que pueda reparar los daños que se hacen contra las personas, contra los derechos humanos”, afirmó.

El ministro también hizo hincapié en la importancia de transmitir a las nuevas generaciones la historia de quienes resistieron la dictadura y lucharon por recuperar la democracia. En ese sentido, recordó el papel de las trabajadoras y los trabajadores, así como del movimiento estudiantil, cuyas huelgas y movilizaciones no respondían a reivindicaciones salariales, sino a la defensa de los valores democráticos y los derechos fundamentales.

Asimismo, señaló que la aprobación de la Ley N.º 18.033, hace 20 años, representó un avance significativo, aunque llegó más de dos décadas después de la recuperación democrática. En ese período, sostuvo, persistieron situaciones de desprotección y daños que aún hoy afectan a numerosas familias, en particular a aquellas que continúan buscando a sus seres queridos desaparecidos o procurando conocer las circunstancias de lo ocurrido.

El titular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social reconoció además la labor de la Comisión Especial y destacó la necesidad de continuar trabajando para atender las situaciones pendientes y profundizar las políticas de reparación.

Finalmente, Castillo remarcó que el reconocimiento de las consecuencias del terrorismo de Estado no debe entenderse como una concesión, sino como una obligación inherente a la democracia uruguaya. “Reconocer el daño que generó el terrorismo del Estado en la vida de miles y miles de compatriotas no fue una concesión de nadie, sino que es un deber ético y constitucional de la democracia de nuestro país”, concluyó.

Por su parte, Federico Baz, presidente de la Comisión, destacó el alcance de la Ley N.º 18.033 en la reparación de los derechos jubilatorios y pensionarios de quienes sufrieron persecución política, ideológica o sindical durante la dictadura. Informó que, en estos 20 años, la Comisión tramitó 13.200 expedientes y señaló la importancia de agilizar los procedimientos, fortalecer la reconstrucción documental y continuar mejorando la respuesta del Estado, considerando que muchas de las personas beneficiarias son de edad avanzada.

“El transcurso del tiempo no puede convertir el derecho a la reparación en un reconocimiento meramente simbólico”, afirmó. Finalmente, reivindicó el trabajo de la Comisión y de las organizaciones sociales y sindicales, y subrayó que el desafío es transformar el reconocimiento de los derechos en respuestas efectivas, renovando el compromiso con la democracia, las libertades fundamentales y las garantías de no repetición.

En el evento también participaron Lorena Luján, por el Pit-Cnt, Gastón Grisoni, por CRYSOL, y la Dra. Esc. Rosario Oiz.

La Comisión funciona en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y tiene a su cargo la instrucción, tramitación y resolución de las solicitudes de acceso a los beneficios previstos en la Ley N.º 18.033. La normativa contempla distintas formas de reparación para las personas comprendidas en sus disposiciones, entre ellas la Pensión Especial Reparatoria.

La ley establece un régimen de reparación para personas afectadas por motivos políticos, ideológicos o gremiales durante el período comprendido entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985, de acuerdo con las condiciones previstas en la normativa.

 

 

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