Sobre la situación de las pasividades más bajas

  • El monto mínimo de pasividades, por encima de lo que establece la Constitución y diferentes leyes, está establecido por decretos del Poder Ejecutivo desde el año 2005 hasta la actualidad. Por primera vez en la historia durante 12 años consecutivos. En 2005 y 2006 con porcentajes diferenciales mayores al aumento general y desde 2007 estableciendo un mínimo (ese año en una Base de Prestaciones y Contribuciones -BPC- y luego aumentando año a año en cada mes de julio hasta la actualidad).
  • Desde el 1 de agosto 2016, es de $ 9.185 (2,75 BPC), con adelanto parcial en julio. Esto significa ahora un aumento adicional de 4,8 % por encima de los aumentos generales de todas las pasividades que se verifica en enero de cada año.
  • Unas 150 mil personas aproximadamente son amparadas en la actualidad por estas decisiones en BPS y servicios de retiros militar y policial. Entre ellas, unas 130 mil en BPS: aproximadamente 120 mil jubilados y 10 mil pensionistas (en este caso: mayores de 65 años y de hogares de menores recursos). Ello en un total de 620 mil personas jubiladas y pensionistas en BPS (425 mil jubilados, 116 mil pensionistas y 79 mil pensionistas por discapacidad y vejez). Aproximadamente entonces, un 20 % percibe este monto mínimo y el 80 % por encima del mismo (excepto unos pocos que están excluidos por suma de pasividades con otras cajas y/o por residir en el exterior). Esta situación ubica a Uruguay satisfactoriamente en la comparación internacional en cuanto al monto de la pasividad mínima y la cantidad de personas en relación al total, que la perciben. Por ejemplo, en pocos países de América Latina el monto mínimo es superior pero abarca a una gran mayoría de los jubilados.
  • Los montos mínimos que establecen las leyes vigentes son inferiores a los de estos sucesivos decretos del Poder Ejecutivo. Actualmente, el mínimo de ley 16.713 de 1995 es de $ 4.912 nominales con 60 años y de $ 6.681 con 63 años al momento de jubilarse. El mínimo de Acto 9 de 1979, es de $ 2.839. Y como se ha señalado, desde agosto de 2016, el monto mínimo de pasividad es de $ 9.185 nominales.
  • Asimismo es de destacar el aumento del monto líquido de la pasividad mínima en relación al líquido del Salario Mínimo Nacional (SMN) que también ha aumentado sensiblemente: sube del 60 % del líquido del SMN al 95 % del mismo, entre 2007 y 2016. O sea que actualmente es casi similar el líquido del SMN y de la pasividad mínima Y por otra parte, un ejemplo: si no se hubieran otorgado estos aumentos especiales en julio de cada año, el líquido para la mayoría de las pasividades mínimas sería de $ 4.697 en lugar de $ 8.547 (monto líquido desde julio 2016). Otra comparación: en 2007, el líquido de la pasividad mínima era similar al mínimo establecido por la ley 16.713 de reforma de las jubilaciones de 1995. Hoy el líquido de la pasividad mínima por decretos del gobierno, es casi 4 mil pesos superior.
  • Uruguay es de los pocos países del mundo donde todas las pasividades se aumentan según los salarios, donde hay aumentos mayores para las más bajas y donde además y al mismo tiempo, hay negociación colectiva amplia en el sector público y privado, como sucede desde 2005. Ello ha generado que todas las pasividades en general hayan tenido un aumento real del 52 % por encima de los precios y que en particular, las pasividades mínimas hayan tenido un aumento también real del 183% por encima de los precios desde 2005 a la actualidad (casi el triple).
  • Por otra parte se vienen otorgando otros beneficios como la partida especial de fin de año que en diciembre próximo amparará unas 150 mil personas en BPS por un monto que viene creciendo y será de $ 1.650 o la partida por única vez para boleto que amparará unas 250 mil personas jubiladas y pensionistas, con un monto de $ 260.
  • Destacamos asimismo que en este mes de julio, 132 mil jubilados y pensionistas y cónyuges o concubinos/as, ingresan al Sistema Nacional Integrado de Salud y otros 80 mil reducen su aporte al FONASA y unos 60 mil fueron operados gratis de sus ojos, gracias a la solidaridad cubana y las acciones de los servicios de salud del Estado, el BPS y las asociaciones de jubilados en todo el país, junto al aporte de otras organizaciones.
  • Estos avances en los que hay que continuar, son fruto de las decisiones políticas del Gobierno y del diálogo constructivo con la Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados y Pensionistas (ONAJPU).

Anexo:
Algunas características de las personas que perciben pasividades mínimas (datos BPS 2014):

  • En el caso de las jubilaciones mínimas, el 56% son mujeres y el 44% son hombres. El 73% de los jubilados es del interior y el 27 % de Montevideo. En el caso de pensionistas: 99 % son mujeres y el 62 % es del interior.
  • La edad media de los jubilados que cobran el mínimo, es de 70 años en los hombres y 69 en las mujeres. El 87 % tiene entre 60 y 79 años. La edad media de las pensionistas es 77 años.
  • En relación a la ley por la cual se jubilaron, el 80 % lo hizo por la 16.713 de 1995 que creó el régimen mixto con AFAPs, aunque en su casi totalidad sólo perciben pasividad por BPS. El 19% de los jubilados fue por Acto 9 de 1979.
  • El 62% de los jubilados que cobran mínimo jubilatorio se han jubilado por causal común, el 24% por edad avanzada y el 14% por discapacidad.
  • El 73% de las personas que están cobrando el mínimo jubilatorio eran dependientes cuando estaban en actividad y el 27% no dependientes (empresarios, cuentapropistas, productores y similares). Casi la mitad, el 48%, trabajó en industria y comercio, el 32% rural, el 18% de trabajo doméstico, el 2% de públicos o civil y el 0.2% de docentes. En pensionistas, el 59 % es de industria y comercio y el 32 % de rural.
  • El promedio de años de servicio reconocidos para obtener la jubilación es de 31 años para los hombres y de 28 para las mujeres, destacándose en este caso, que al amparo de la ley 18.395 de 2008, el 47 % de ellas (casi la mitad), utilizaron la bonificación de años por hijo que dicha norma creara. Por otra parte, el 68 % de estas jubilaciones mínimas se configuraron, sin necesidad de testigos.

Ernesto Murro
Ministro de Trabajo y Seguridad Social
Montevideo, 28 de julio 2016