Decreto 125/014 Decreto 125/2017 - Seguridad e higiene en la industria de la construcción.

La presente reglamentación se aplica a todas las actividades definidas en el artículo 2 de este Decreto, sea de índole privada o pública, realizadas por Entes u Organismos del Estado, por contratistas, subcontratistas, propietarios que realicen obras por administración directa, con o sin la intervención de contratistas y/o sub contratistas, trabajadores por cuenta propia y trabajadores subordinados de la Industria de la Construcción.

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