Resolución N° 1/020 Ampliación de seguro de desempleo

COOPERATIVA TEXTIL PUERTO SAUCE

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

 

Montevideo, 2 de enero de 2020

 

VISTO: La situación de inactividad sobrevenida a la Cooperativa Textil Puerto Sauce.

RESULTANDO: Que dicha cooperativa ha transitado su proceso de cierre, habiéndose desvinculado a la totalidad de sus trabajadores.

CONSIDERANDO: I) Que también la planta industrial de Fanapel S.A. hubo cesado sus actividades a fines de 2016, generándose una importante cantidad de pérdida de puestos de trabajo en la ciudad de Juan Lacaze.

II) Que, como es notorio, la producción de Fanapel S.A. y la de Cooperativa Textil Puerto Sauce constituían actividades económicas de extraordinaria relevancia en la referida ciudad.

III) Que el Gobierno Nacional ha venido trabajando en forma intensa, conjuntamente con organizaciones sociales y otras instituciones públicas y privadas, en la búsqueda de soluciones que permitan la creación y/o reactivación de fuentes de trabajo para Juan Lacaze y zona de influencia, en la senda del desarrollo productivo y social.

IV) Que, oportunamente, y en el marco de una serie de medidas anunciadas por el Poder Ejecutivo para contribuir a la reactivación de Juan Lacaze, se instrumentó un régimen de seguro de paro especial para los ex trabajadores de Fanapel S.A. y para los ex trabajadores de empresas vinculadas a la misma mediante procesos de tercerización, y también luego, mediante leyes Nº 19.612 de 26 de abril de 2018 y Nº 19.665 de 4 de octubre de 2018, se autorizó a este Ministerio a extender la cobertura de desempleo para dichos colectivos.

V) Que en consonancia con todo lo anteriormente expresado, esta cartera, a través de resolución Nº 205 de 24 de mayo de 2018, estableció un régimen especial de subsidio por desempleo para los ex trabajadores de Cooperativa Textil Puerto Sauce que se desempeñaban en la misma al 31 de marzo de 2017, al amparo de lo dispuesto por el artículo 10 del decreto – ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008.

VI) Que, teniendo en cuenta que varios ex trabajadores de dicha cooperativa hubieron agotado el período máximo que puede conceder el Poder Ejecutivo al amparo de la norma citada, se aprobó la ley Nº 19.664 de 4 de octubre de 2018, por la cual se autorizó a este ministerio a extender, por un plazo de hasta doce meses, el subsidio por desempleo para el mencionado colectivo.

VII) Que, de acuerdo a información recabada en el Banco de Previsión Social, existe un conjunto de ex trabajadores de Cooperativa Textil Puerto Sauce a quienes resultaría posible extenderles la cobertura de desempleo, al amparo del artículo 10 de la ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

VIII) Que, conforme a información difundida en estos días, en los próximos meses comenzaría a operar la planta de cannabis medicinal de la firma Khiron Uruguay, a instalarse cerca de Juan Lacaze, lo que permitirá la creación de decenas de puestos de trabajo en la zona.

IX) Que asimismo, según información obtenida de la Agencia de Desarrollo Económico de Juan Lacaze, es posible la reinserción de algunos ex trabajadores de Cooperativa Textil Puerto Sauce en un emprendimiento textil que empezaría a desarrollarse próximamente en el Parque Industrial de dicha ciudad.

X) Que a fin de propiciar que los esfuerzos reseñados puedan tener razonables posibilidades de éxito, es pertinente mantener el régimen especial referido en el Considerando V) para los trabajadores que estuvieren en condiciones de acceder al mismo.

XI) Que por resolución del Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros Nº 565/010 de 12 de abril de 2010, se delegaron en el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o quien haga sus veces, las atribuciones a que refiere el Considerando V).

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 10 del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008, y resolución del Poder Ejecutivo Nº 565/010 de 12 de abril de 2010.

 

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

1º) Extiéndese por el término de 90 (noventa) días, o por su saldo si éste fuere menor, el régimen especial de subsidio por desempleo previsto en la resolución de este Ministerio Nº 205 de 24 de mayo de 2018, para los ex trabajadores de Cooperativa Textil Puerto Sauce que se desempeñaban en dicha cooperativa al 31 de marzo de 2017, en las condiciones establecidas en dicha resolución.

2º) Comuníquese, publíquese, etc.

Firmado por: Ernesto Murro

Ministro de Trabajo y Seguridad Social

 

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