Resolución N° 136/020 Prórroga seguro de desempleo

Solicitud presentada por la empresa JBS LEATHER URUGUAY S.A. a fin de que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

 

Montevideo, 11 de marzo

 

VISTO: La solicitud presentada por la empresa JBS LEATHER URUGUAY S.A., a fin de que se otorgue un seguro de paro especial por suspensión total de actividad de dos de sus plantas, a ocho (8) de sus trabajadores, al amparo de lo previsto por el decreto-ley N.º 15.180 de 20 de agosto de 1981.

RESULTANDO: Que esa inactividad ha determinado el envío del personal aludido al seguro por desempleo que administra el Banco de Previsión Social.

CONSIDERANDO: I) Que el seguro de paro especial solicitado se encuentra dentro del plazo previsto por el artículo 10 del decreto-ley N.º 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley N.º 18.399 de 24 de octubre de 2008.

II) Que teniendo en cuenta las negociaciones llevadas a cabo en la Dirección Nacional de Trabajo, resulta conveniente acceder a lo solicitado, en las mismas condiciones en que estos trabajadores venían recibiendo cobertura de desempleo, a efectos de permitir la instrumentación de las medidas necesarias para preservar la fuente de trabajo a dicho personal.

III) Que por Resolución del Presidente de la República actuando con el Consejo de Ministros N.º 565/010 del 12 de abril de 2010, se delegan en el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o quien haga sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo consagradas en el artículo 10 del decreto-ley N.º 15.180 de 20 de agosto de 1981 en la redacción dada por la ley N.º 18.399 de 24 de octubre de 2008.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 10 del decreto-ley N.º 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008, y Resolución del Poder Ejecutivo Nº 565/010 de fecha 12 de abril de 2010.

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

en ejercicio de atribuciones delegadas

RESUELVE

1º. AMPLÍASE por noventa (90) días o su saldo si este es menor el plazo del subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a ocho (8) trabajadores de la empresa JBS LEATHER URUGUAY S.A., que se encuentran en condiciones legales de acceder al mismo.

2º. EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se concede se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del decreto-ley N.º 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley N.º 18.399 de 24 de octubre de 2008.

3º. COMUNÍQUESE, notifíquese, publíquese, etc.

Firmado por: Dr. Pablo Mieres

Ministro de Trabajo y Seguridad Social

 

Exp. 2020-13-5-0000127

 

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