Resolución N° 198/019 prórroga de desempleo
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 11 de setiembre de 2019
VISTO: La solicitud formulada por la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN DE TRABAJADORES CERÁMICOS EMPALME OLMOS (CTC-EMPALME OLMOS) a fin de que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo que abona el Banco de Previsión Social, a nueve (9) trabajadores, al amparo de lo previsto por la ley N.º 19.675 de 24 de octubre de 2018.
RESULTANDO: Que la mencionada norma legal faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y hasta el 31 de diciembre de 2019 como máximo, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la citada cooperativa.
CONSIDERANDO: I) Que en uso de las facultades indicadas se entiende conveniente conceder la extensión solicitada, con el objeto de permitir la instrumentación de las medidas necesarias a fin de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.
II) Que el artículo 1º de la ley N.º 19.675 de 24 de octubre de 2018, dispone la extensión del seguro de desempleo regulado por el decreto-ley N.º 15.180 de 20 de agosto de 1981, a los trabajadores de la Cooperativa de Producción de Trabajadores Cerámicos Empalme Olmos.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1 de la ley N.º 19.675 de 24 de octubre de 2018.
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE
1º. AMPLÍASE por noventa (90) días o su saldo si es menor, el plazo del subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a nueve (9) trabajadores de la empresa COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN DE TRABAJADORES CERÁMICOS EMPALME OLMOS (CTC-EMPALME OLMOS) que se encuentra en condiciones legales de acceder al mismo.
2º.- EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se concede se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del decreto-ley N.º 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley N.º 18.399 de 24 de octubre de 2008.
3º.- COMUNÍQUESE, notifíquese, etc.
Firmado por: Ernesto Murro
Ministro de Trabajo y Seguridad Social
Exp. 2019-13-5-0000427