Resolución N° 237/019 prórroga de desempleo

Solicitud presentada por la empresa ANIKTO S.A, a fin de que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Montevideo, 22 de octubre de 2019

VISTO: La solicitud presentada por la empresa ANIKTO S.A, a fin de que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo que abona el Banco de Previsión Social a dos (2) de sus trabajadores, al amparo de lo previsto por la ley N.º 19.815 de 18 de setiembre de 2019.

RESULTANDO:  Que la mencionada norma legal faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y hasta por un plazo de 180 (ciento ochenta) días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la citada Empresa.

CONSIDERANDO:  I)  Que en uso de las facultades indicadas se entiende conveniente conceder la extensión solicitada, con el objeto de permitir la instrumentación de las medidas necesarias a fin de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.

II) Que el artículo 1º de la ley N.º 19.815 de 18 de setiembre de 2019 dispone la extensión del seguro por desempleo regulado por el decreto-ley N.º 15.180 de 20 de agosto de 1981, a los trabajadores de la empresa Anikto S.A.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1º de la ley N.º 19.815 de 18 de setiembre de 2019.

EL MINISTRO  DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE

. AMPLÍASE por ciento veinte (120) días o su saldo si este es menor el plazo del subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a dos (2) trabajadores de la empresa ANIKTO S.A. que se encuentra en condiciones legales de acceder al mismo.

. EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se concede se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la  ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008.

. COMUNÍQUESE, publíquese, etc.

Firmado por: Ernesto Murro

Ministro de Trabajo y Seguridad Social

Exp.  2019-13-5-0000513

 

 

 

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