Resolución N° 331/019 Prórroga, empresa Miguel Fleitas y Cia S.R.L

Resolución de prórroga del beneficio de subsidio por desempleo a trabajadores de la empresa Miguel Fleytas y Cia S.R.L, del día 8 de agosto de 2019.

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        
Montevideo,  

VISTO: La solicitud presentada por la empresa MIGUEL FLEITAS Y CIA S.R.L (Neutral Free Shop), a fin de que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo que abona el Banco de Previsión Social a uno (1) de sus trabajadores, al amparo de lo previsto por el decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

RESULTANDO:  Que la falta de trabajo  por la que atraviesa la Empresa  ha determinado el envío del personal al Seguro por Desempleo

CONSIDERANDO:  I)  Que la prórroga solicitada se encuentra dentro de los plazos previstos por el artículo 10º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008
 

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro por Desempleo, a efectos de permitir la instrumentación de las medidas necesarias a fin de mantener la fuente de trabajo a dicho personal
 

III) Que por Resolución del Presidente de la República actuando con el Consejo de Ministros N.º 565/010 del 12 de abril de 2010, se delegan en el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o quien haga sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo consagradas en el artículo 10º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981 en la redacción dada por la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 10 del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008 y en la  Resolución del Poder Ejecutivo N° 565/010 de fecha 12 de abril de 2010

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 
en ejercicio de atribuciones delegadas

RESUELVE 

1º. AMPLÍASE por  noventa (90) días o su saldo si este es menor el plazo del subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a un (1) trabajador de la empresa MIGUEL FLEITAS Y CIA S.R.L (Neutral Free Shop), que se  encuentra en condiciones legales de acceder al mismo

2º. EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se concede se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la  ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008

3º. COMUNÍQUESE, notifíquese, publíquese, etc

 

                                                                                                                                                    Firmado por: Ernesto Murro

                                                                                                                                   Ministro de Trabajo y Seguridad Social

 

Expediente 2019-13-5-0000353

 


 

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