Resolución N° 35/020 prórroga de desempleo
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 7 de febrero de 2020
VISTO: La solicitud presentada por la empresa BESINEY S.A, a fin de que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo que abona el Banco de Previsión Social, a dos (2) de sus trabajadores, al amparo de lo previsto por la ley Nº 19.815 de 18 de setiembre de 2019.
RESULTANDO: Que la mencionada norma legal faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y hasta por un plazo de 180 (ciento ochenta) días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la citada Empresa.
CONSIDERANDO: I) Que en uso de las facultades indicadas se entiende conveniente conceder la extensión solicitada, con el objeto de permitir la instrumentación de las medidas necesarias a fin de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.
II) Que el artículo 2º de la ley Nº 19.815 de 18 de setiembre de 2019, dispone que la extensión del seguro por desempleo alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 6º y 10 del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981 y modificativa).
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo1º de la ley Nº 19.815 de 18 de setiembre de 2019.
EL MINISTRO (i) DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE
1º. AMPLÍASE por noventa (90) días el plazo del beneficio del subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a dos (2) trabajadores de la empresa BESINEY S.A, que se encuentran en condiciones legales de acceder al mismo.
2º. EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta resolución se concede, se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008.
3º. COMUNÍQUESE, publíquese, etc.
Firmado por: Ernesto Murro
Ministro de Trabajo y Seguridad Social
Exp 2020-13-05-0000095