Resolución N° 36/020 prórroga de desempleo

Solicitud presentada por la empresa Besiney S.A., a fin de que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo que abona el Banco de Previsión Social a sesenta y nueve (69) de sus trabajadores

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Montevideo, 7 de febrero de 2020

VISTO: La solicitud presentada por la empresa Besiney S.A., a fin de que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo que abona el Banco de Previsión Social a  sesenta y nueve (69) de sus trabajadores, al amparo de lo previsto por la ley N.º 19.815 de 18 de setiembre de 2019.

RESULTANDO:  Que la falta de trabajo por la que atraviesa la Empresa ha determinado el envío del personal al Seguro por Desempleo.

CONSIDERANDO:  I) Que la mencionada norma legal faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y hasta por un plazo de 180 (ciento ochenta) días, el subsidio de desempleo de los trabajadores de la empresa Besiney S.A. y Anikto S.A.

II) Que el artículo 2 de la ley N.º 19.815 de 18 de setiembre de 2019 dispone la extensión del seguro por desempleo regulado por el decreto-ley N.º 15.180 de 20 de agosto de 1981, y alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el máximo legal de cobertura.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 1 de la ley N.º 19.815 de 18 de setiembre de 2019.

EL MINISTRO (i) DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE

. AMPLÍASE por  noventa (90) días o su saldo si este es menor el plazo del subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a sesenta y nueve (69) trabajadores de la empresa  Besiney S.A., que se  encuentran en condiciones legales de acceder al mismo.

. EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se concede se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del decreto-ley N.º 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley N.º 18.399 de 24 de octubre de 2008.

. COMUNÍQUESE, notifíquese, etc.

Firmado por: Ernesto Murro

Ministro de Trabajo y Seguridad Social

EXP.   2020-13-5-0000086

 

 

 

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