Ajuste Abril 2012 - Panaderìas

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 14 de mayo de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 1 "Procesamiento y Conservación de Alimentos, Bebidas y Tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Panaderías con planta de elaboración", integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Dra. Luján Charrutti y Lic. Marcela Barrios; Delegados Empresariales: Dr. Alfredo Arce por el Centro de Industriales Panaderos del Uruguay (C.I.P.U.); y Delegados de los Trabajadores: Sres. Waldemar Camargo, Carlos Duarte, Eduardo Camargo y Fernando Toscano por el Sindicato Único de Obreros Panaderos y Afines (S.U.O.P.A.), HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 22 de marzo de 2011.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula CUARTA del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de abril de 2012, es del 6% resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

A) Por concepto de inflación esperada la mediana de las expectativas de inflación encuestadas por el Banco Central del Uruguay para el período 01/4/2012 – 30/09/2012: 3,60%;

B) Por concepto de crecimiento: 1,5 %;

C) Por concepto de correctivo la diferencia entre la inflación esperada para el período 1º de octubre de 2011 al 31 de marzo de 2012 y la variación real del IPC del mismo período: 1,0081.

Fórmula de ajuste de salarios: 1,0360 x 1,015 x 1,0081=1,060

El ajuste a ser aplicado es del 6,0%.

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Panaderías con planta de elaboración", con vigencia desde el 1º de abril de 2012, serán los siguientes:

PANADERÍAS CON PLANTA DE ELABORACIÓN

CATEGORÍAS 44 HORAS SEMANALES

SUELDOS

(01/04/12 - 30/09/12)

Encargado de ventas

8369

Cadete al iniciarse

7791

Cadete al año

7840

Empleado de mostrador al iniciarse

7791

Empleado de mostrador al año

7840

Repartidor a pie y/o bicicleta

7791

Repartidor con vehículo a motor

8196

Cajero

8196

Sereno

7791

CATEGORÍAS 48 HORAS SEMANALES

 

Encargado de producción

12678

Maestro facturero (factura de levadura)

11985

Maestro facturero (factura seca)

12216

Maestro de pala

11178

Amasador

11178

Maestro y amasador

12678

Ayudante facturero

8903

Ayudante

8896

Aprendiz confitero, facturero, panadero, sandwichero o rotisero, al iniciarse

7791

Aprendiz confitero, facturero, panadero, sandwichero o rotisero, al año

7930

Aprendiz confitero, facturero, panadero, sandwichero o rotisero, al 2º año

8005

Aprendiz panadero o facturero al 3er año

8310

Aprendiz facturero al 4º año

8377

Repartidor y media plaza (panadero)

8374

Empleado de mostrador y media plaza (panadero)

8374

Repartidor y media plaza (sandwichero o rotisero)

8537

Empleado de mostrador y media plaza (sandwichero o rotisero)

8537

Peón

7791

Maestro confitero

15795

Oficial repostero, oficial pastelero y oficial hornero

13791

Oficial sandwichero o rotisero

11394

Medio oficial confitero

10122

Medio oficial sandwichero

9603

Ayudante confitero adelantado

9267

Ayudante confitero

8537




Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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