Ajuste correctivo Julio 2016

Acta registrada

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 29 de julio de 2016, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 “Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco”, Subgrupo 07 “Dulces, chocolates, golosinas, galletitas y alfajores, fideerías, panificadoras, yerba, café, té y otros productos alimenticios”, Capítulo 05 “Molinos de café y té”,integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Mag. Marcela Barrios y Tec. RR.LL Valeria Charlone;Delegados Empresariales: Sergio Picorell, asistido por el Dr. Raúl Damonte, y Delegados de los Trabajadores: Ricardo Fernandez y Adriana Fanis, asistidos por Dr. Rodolfo Ferreira, HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO:  Que en virtud de lo establecido en la cláusula DECIMA del acuerdo de Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 07 “Dulces, chocolates, golosinas, galletitas y alfajores, fideerías, panificadoras, yerba, café, té y otros productos alimenticios”, Capítulo 05 “Molinos de café y té”, de fecha 11 de octubre de 2013, corresponde aplicar a partir del 1ero de julio de 2016 sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2016 el 5.66% por concepto de correctivo final de inflación según lo resultante de la acumulación de la diferencia en más o en menos entre la inflación esperada para el período 1/07/2015 y 30/06/2016 y la real del mismo período.

SEGUNDO:Por consiguiente una vez aplicado el correctivo referido en la cláusula anterior los salarios mínimos serán los siguientes:

SECTOR CAFÉ MOLIDO

MENSUAL

Jefe de Contaduría

41,872

Jefe de Producción

37,319

Encargado de Despacho

37,319

Cajero General (Auxiliar Calificado)

40,051

Cuenta Correntista

35,043

Auxiliar 1° de Escritorio

28,065

Auxiliar 2° de Escritorio

24,423

Auxiliar 3° de Escritorio

22,759

Auxiliar de Laboratorio

22,759

Auxiliar de Expedición

22,759

Cajero de Despacho

22,734

Cajero de Sucursal

22,734

Auxiliar de Ventas

21,321

Telefonista

21,321

Auxiliar Mayor de 18 años

20,328

Auxiliar Mayor de 18 años (más de 1 año)

21,542

Cadete Menor de 18 años (jornada de 6 horas)

14,714

Viajante*

42,174

Vendedor Repartidor de Interior (sueldo, comisión y viático)

42,174

Vendedor Repartidor de Capital (sueldo y comisión)

33,640

*Ningún trabajador puede percibir un salario inferior al mínimo establecido; comprende sueldo, comisión y exclusividad.

 

 

JORNAL

Promotoras

728

Chofer de Campaña

1.188

Capataz

1.318

Encargado (con más de 15 personas)

1.197

Encargado (con menos de 15 personas)

1.166

Oficial Tostador

1.197

1/2 Oficial Tostador y Molinero de Café

1.120

Molinero Pesador, Envasador, Embalador, Enfriador

1.063

Peón Común

753

Peón Calificado

787

Repartidor

910

Ayudante Menor de 18 años (jornada de 6 horas)

577

Sereno (incluye nocturnidad)

1.063

Limpiador

787

Empaquetador

1.045

SECTOR CAFÉ SOLUBLE

JORNAL

Operario Común

753

Operario Calificado

787

Operario de Equipo de Fabricación

1.166

Operario Común de Envase

818

Operario de Máquina de Envase

1.067

CATEGORÍAS INCLUÍDAS EN ESTE CONVENIO

JORNAL

Operario de Máquina de Envasado Sector MOLIDO

1.067

Elevadorista

1.013

Chofer Repartidor Cobrador **

944

Mecánico - Electricista

1.179

** (+$94 por cobranza (10%) + $ 136 (de viático por día)

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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