Ajuste enero 2015

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 8 de enero de 201, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 03: "Producción de hielo y cámaras de frío",integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Lic. Marcela Barrios y Dra. Luján Charrutti; Delegados Empresariales: Sr. Gustavo Gazzano y Dr. Raul Damonte; y Delegados de los Trabajadores en representación de la Unión de Trabajadores del Frío, los Sres. William Moreno, Martin Rizzoni asistidos por el Dr. Rodolfo Ferreira quienes, HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al sexto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 6 de diciembre de 2012.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el numeral NOVENO del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2015, es del 3,75%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

A) 2,5 % por concepto de inflación esperada, centro del rango meta de inflación definido por el BCU para el período comprendido entre el 1ero de enero de 2015 y 30 de junio de 2015.

B) 1% por concepto de crecimiento del sector.

C) 0,22 % por concepto de correctivo la diferencia entre la inflación esperada para el período 01/07/2014 - 31/12/2014 y la variación real del IPC del mismo período:

Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x 1,01 x 1,0022= 1,0375 (3,75%).

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 03: "Producción de hielo y cámaras de frío", con vigencia desde el 1º de enero de 2015, serán los siguientes:

Sector administrativo

Mensual $

Jornal $

Grado 1: Mensajero, Cadete (mayor de 18 años)

10000

400

Grado 3: Auxiliar de tercera

13420,06

536,79

Grado 5: Auxiliar de segunda

16801,28

672,05

Grado 7: Auxiliar de primera

20228,14

809,13

 

 

 

Sector obrero

Mensual $

Jornal $

Grado 2: Peón común, Sereno

12401,24

496,05

Grado 3: Peón calificado, Portero Administrativo

13420,06

536,79

Grado 4: Chofer-Repartidor, Estibador, Chofer, Ayudante de maquinista

15179,66

607,20

Grado 5: Medio oficial, Recibidor-Expedidor de Mercadería, Chofer autoelevador especializado

16801,28

672,05

Grado 6: Oficial, Maquinista de segunda, Foguista

18514,19

740,57

Grado 7: Oficial electricista calificado, Maquinista de primera

20228,14

809,14

Se leyó y para constancia se firma en lugar arriba indicados.

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