Ajuste enero 2015 (Confiterías)
ACTA:En la ciudad de Montevideo, el día 2 de enero de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 1 "Procesamiento y Conservación de Alimentos, Bebidas y Tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Confiterías con planta de elaboración", integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Lic. Marcela Barrios Tec. RRLL Valeria Charlone, Delegados Empresariales: en representación de la Confederación de Confiterías, Bombonerías y Afines el Sr. Juan Bachini y Delegados de los Trabajadores: por la Unión de Trabajadores de Confiterías los Sres. Jorge Fuquez y Hugo de los Santos,
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 5 de diciembre de 2013.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula SEXTA del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de ENERO de 2015, es del 5 %, por concepto de crecimiento.
TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Confiterías con planta de elaboración", con vigencia desde el 1º de enero de 2015, serán los siguientes:
Personal Obrero | $ Mensual |
Categoría I | 11849 |
Categoría II | 11974 |
Categoría III | 12174
|
Categoría IV | 12472
|
Categoría V | 12790
|
Categoría VI | 13092
|
Categoría VII | 13683
|
Categoría VIII | 14191
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Categoría IX | 14956
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Categoría X | 16833
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Categoría XI | 20365
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Categoría XII | 23387 |
Personal Administrativo | $ Mensual |
Categoría I | 11849
|
Categoría II | 11974
|
Categoría III | 12174
|
Categoría IV | 12824
|
Categoría V | 13363
|
Categoría VI | 15273
|
Categoría VII | 16385
|
Categoría VIII | 19678 |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.