Ajuste Enero 2016

ACTA:En la ciudad de Montevideo, el día 27 de enero de 2016, debidamente convocado el Consejo de Salarios del Grupo N° 1 “Procesamiento y Conservación de Alimentos, Bebidas y Tabaco”,  Subgrupo 01: "Industria Láctea", Capítulo 01 "Industria Láctea", comparecen por el Poder Ejecutivo: Dr. Nelson Diaz y Tec RR.LL. Valeria Charlone y por el Sector Trabajador, la FTIL representada por Heber Figuerola, Mario Hernández, Jorge Beschizza y Roberto Molfino, no compareciendo el Sector Empresarial. En este estado se procede a dejar las siguientes constancias:

PRIMERO:Que en aplicación de lo dispuesto en la cláusula TERCERA “in fine” del acuerdo suscrito el día 26 de abril de 2013, se procede a determinar el ajuste de salarios correspondiente al correctivo final. 

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el acta de ajuste labrada el pasado 23 de enero de 2015, se consideró por concepto de inflación esperada, para el período comprendido entre el 1ero de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2015, el centro del rango meta de inflación fijada por el Comité de Coordinación Macroeconómica para el período de vigencia del ajuste; esto es un 5%. En consecuencia, por haberse registrado una inflación real en dicho período del 9,44%, las remuneraciones vigentes al 31 de diciembre de 2015 en deben ajustarse en un 4,23%.

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos nominales por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 01: "Industria Láctea", Capítulo 01 "Industria Láctea", con vigencia a partir del 1ero de enero de 2016 serán los siguientes:

 

Mensual

 

Ingreso ; zafral

$18.035

$721,41

Operario común; Auxiliar 2º; Auxiliar Común de Laboratorio

$19.869

$794.77

Operario Calificado; Auxiliar 1º; Auxiliar Calificado de Laboratorio

$21.968

$878,70

Medio Oficial; Oficial 2º

$24.063

$962,52

Oficial; Oficial 1º

$26.422

$1.056,90

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados. 

 

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