Ajuste Enero 2016
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 20 de enero de 2016, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 “Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco”, Subgrupo 09 “Bebidas sin alcohol, aguas, cervezas y cebada malteada”, Capítulo 02 “Malterías ", integrado por: los Delegados del Poder Ejecutivo: Tec. RR.LL Valeria Charlone ; losDelegados Empresariales: Sr. Alberto Fieiray Lorena Abate; los Delegados de los Trabajadores: por la Federación de Obreros y Empleados de la Bebida (FOEB): Sres. Julio Varela y Cr. Ernest Zelko,
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscripto el día 18 de noviembre de 2015.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula TERCERA, numeral 2 del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2016, es del 4 %,(cuatro por ciento), por concepto de aumento nominal.
TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 “Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco”, Subgrupo 09 “ Bebidas sin alcohol, aguas, cervezas y cebada malteada”, Capítulo 02 “Malterías”, con vigencia desde el 1º de enero de 2016, serán los siguientes:
CATEGORIAS | POR HORA $ |
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PROCESO |
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Ayudante de Operador | 158,75 | |
Operador | 197,33 | |
Operador Calificado I | 221,58 | |
Operador Calificado II | 243,63 | |
Operador Técnico | 309,77 | |
MANTENIMIENTO |
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Medio Oficial Mecánico | 209,46 | |
Técnico Electro-Mecánico | 262,37 | |
LABORATORIO |
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Laboratorista | 243,63 | |
Técnico en Laboratorio | 262,37 | |
ADMINISTRATIVOS |
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Portero Balancero | 243,63 | |
Técnico Administrativo | 243,63 | |
Técnico Administrativo | 262,37 |
CUARTO: En lo referente a la situación de Malterias CYMPAY y MUSA, se establece según cláusula SEXTA numeral 2 del referido Convenio, con vigencia a partir del 1º de enero de 2016, un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2015 de 4,00 % (cuatro por ciento), por concepto de aumento nominal.
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.