Ajuste Enero 2016 (Catering Artesanal)

[Bajar Pdf]

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 22 de enero de 2016, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Catering Artesanal", integrado por: Delegada del Poder Ejecutivo: Tec. RR.LL. Valeria Charlone Delegados de los Trabajadores: el Sindicato Gastronómico y Hotelero del Uruguay (SUGHU), representado en este acto por Fernanda Aguirre y Jorge González y Delegados Empresariales: la Cámara de Empresas de Servicios, Eventos, Fiestas y Afines (CESEFA), representada en este acto por la Dra. Jenny Oppenheimer.

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en acta de votación suscrita el día 30 de diciembre de 2015.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula SEGUNDA numeral II de la referida acta de votación con vigencia a partir del 1º de enero de 2016,  se establece un incremento salarial sobre: A) Los salarios mínimos por categoría vigentes al 31 de diciembre de 2015, según el siguiente detalle: I) Salarios sumergidos según franja 1 : del 6,84 % ( seis con ochenta y cuatro por ciento), resultante de la acumulación de los siguientes ítems: 1) Un 5,00 % (cinco por ciento), por concepto de aumento nominal; y 2) Un 1,75 % (uno con setenta y cinco por ciento), por concepto de adicional por salario sumergido. II) Salarios sumergidos según franja 2 : del 6,31 % (seis con treinta y uno por ciento), resultante de la acumulación de los siguientes ítems: 1) Un 5,00% (cinco por ciento), por concepto de aumento nominal; y 2) Un 1,25 % (uno con veinticinco por ciento), por concepto de adicional por salario sumergido.

B)Para los salarios nominales que estén un 30% por encima del mínimo de su categoría, el porcentaje de aumento salarial será del 4,25 %,

TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Catering Artesanal",con vigencia desde el 1º de enero de 2016, serán los siguientes:

CATEGORÍAS

 

PORCENTAJE DE AUMENTO

SALARIO MENSUAL AL 1º/1/2016

 Nivel I.- - Peón de cocina - Peón de reparto - Lavandín            

 

6,84 %

(1,05x 1,0175)

12,922,30

Nivel II.- - Mozo - Ayudante de cocina - Mozo de Barra - Ayudante de Pastelería

 

6,84 %

(1,05x 1,0175)

14,142,47

 

Nivel III. - Recepcionista - Secretaria - Auxiliar administrativo    - Chofer - Vendedor - Auxiliar marketing  

 

6,84 %

(1,05x 1,0175)

15,366,35

Nivel IV.- - Oficial Cocinero - Oficial Pastelero - Barman - Metre - Jefe de Partida

16.764,86

6,31 %

(1,05x 1,0125)

17,822,72

Etiquetas