Ajuste Enero 2017

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día –-- de enero de 2017, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 “Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco”, Subgrupo 08 “Aceiteras de origen animal o vegetal para uso humano o industrial”, Capítulo 01 “Aceiteras”,integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo:  Dra. Mariam Arakelian y Mag. Marcela Barrios;Delegados Empresariales: Sr. Leonardo Botto y  Sra. Katherine Rios; y Delegados de los Trabajadores: los Sres.  –-- y Abilio Jorge quienes HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Salarios  suscrito el día  21 de noviembre de 2016.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula CUARTA II) del referido Acuerdo,  se aplicará lo siguiente:

a. Incremento general:

Se establece, con vigencia a partir del 1º de enero de 2017, un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de  2016, del 5.00% (cinco por ciento), por concepto de aumento nominal.

b. Ajustes adicionales para salarios sumergidos:

Salarios sumergidos Franja 1.: Para los mínimos de las categorías limpiador/a, y Serenos- Porteros y aquellos salarios nominales de hasta $ 666 el jornal(48 horas semanales), 6,84 % (seis con ochenta y cuatro por ciento), resultante de la acumulación de los siguientes ítems: 1) Un 5.00%(cinco por ciento) por concepto de aumento nominal; y 2) Un 1,75 %(uno con setenta y cinco por ciento), por concepto de adicional por salario sumergido.

SEGUNDO: Por consiguiente a partir del 1° de enero de 2017, los salarios mínimos serán los siguientes:

Categoría

Jornal ($U)

Ayudante de extracción

1696,5795

Ayudante de foguista

1696,5795

Ayudante de peletero

1580,8485

Ayudante de prensero

1580,8485

Ayudante de refinador

1696,5795

Chofer

1566,2115

Descascarador

1729,791

Encargado de cortes

1729,791

Extractorista

1846,257

Foguista

1846,257

Foguista de envasado

1636,74

Limpiador/a

613,485964

Maquinista de turbina

1846,257

Medio oficial Mantenimiento

1440,831

Molinero

1729,791

Oficial 1ero. de Mantenimiento

1746,4755

Oficial 2do. de Mantenimiento

1958,1765

Oficial 3ero. de Mantenimiento

2122,491

Oficial 4to. de Mantenimiento

2412,459

Operador de aceitería

1787,4255

Operador de planta

1636,74

Operador de secadora

1729,791

Operador Parque de tanques

1566,2115

Operador Planta de efluentes

1566,2115

Peletero

1729,791

Peón

1237,173

Peón "B"

911,9355

Peón Eventual

1237,173

Peón práctico

1339,0125

Prensero

1729,791

Preparador de mayonesa

1636,74

Refinador

1846,257

Serenos – Porteros

613,485964

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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