Ajuste Enero 2017
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 21 de diciembre de 2016, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 10 "Licorerías", integrado por: los Delegados del Poder Ejecutivo: Tec. RR.LL. Valeria Charlone y Mag. Marcela Barrios; losDelegados Empresariales: Sras. Matilde Pazos y Mariana Hernandez los Delegados de los Trabajadores: por la Federación de Obreros y Empleados de la Bebida (FOEB) los Sres Ernest Zelko, Jorge Fracchia y Richard Trazorra .HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO:Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 22 de febrero de 2016.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula SEGUNDA del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2017, es del 7% sobre el salario nominal en todas las categorías.
TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 10 "Licorerias", con vigencia desde el 1º de enero de 2017, serán los siguientes:
CATEGORÍAS |
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Limpiador/Operario Común | 1005,58 |
Operario Práctico | 1005,58 |
Operario Calificado | 1005,58 |
Apront.Pedidos/Ayud.Elabora./Ayudante Reparto | 1015,25 |
Máquinista.de máquinas Semi- Automáticas | 1052,53 |
Máquinistas de Máq. Aut./ | 1086,37 |
Máq. De Máq.automáticas/Albañil/Chofer | 1123,63 |
Repartidor | 1150,73 |
Op.elaboración de Bodegas/Electricista/Op.mantenimiento | 1194,72 |
Foguista y otras/Op.Elab.Licores/Mantenimiento A | 1231,98 |
Operarios Bodegas | 1262,44 |
Chofer Repartidor | 1296,31 |
Oficial Mecánico Industrial | 1326,79 |
SUELDOS .- |
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Telefonista/Recepcionista | 25139,28 |
Telefonista/Aux. administrativa | 25139,28 |
Auxiliar Administrativo C/Facturador | 25139,28 |
Chofer de Gerencia/Aux. Expedición.Taller Etc. | 25359,72 |
Sereno/secretario de Ventas/Cargador Facturador | 26678,50 |
Vendedor A y B | 12662,42 |
Auxiliar Administrativo B | 28036,33 |
Enc.Secc. Personal/Ayudante de Laboratorio | 29519,63 |
Auxiliar A/Enc. Almacén/EncargadoGestiones/Cajero Auxiliar | 31075,46 |
Ayudante Tenedor de Libros | 33091,29 |
Enc. Compras/ Enc.Créditos y Cobranzas/Sec. Bilingüe | 34485,36 |
Inspector de Ventas/Cajero/Secretario de Gerencia | 36214,01 |
Tenedor de Libros B | 37872,98 |
Tenedor de Libros A | 38879,51 |
Ayudante de Contador | 40995,73 |
Las categorías de vendedor A y B no podrán percibir menos de $ 25139,28; Sueldo mínimo del sector.
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.