Ajuste Enero 2018
ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 19 de enero de 2018 reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 2: "Empaque y envasado de frutas, legumbre y hortalizas", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo:Dr. Soc. Marcela Barrios y Tec. RR. LL Valeria Charlone; Delegados Empresariales:Sres. Heraldo Mendez y Gustavo Pintos; y Delegados de los Trabajadores:Titulares. Sres. Marcelo Di Paola, Ivonnes Uviedo y Hugo Sarmiento hacen constar que:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al quinto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 10 de junio de 2016, artículo QUINTO V.
SEGUNDO: Incremento general: En virtud de lo allí establecido, se establece con vigencia a partir del 1° de enero de 2018 un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2017, del 3,50% .
TERCERO:Incremento salarios sumergidos Franja 1 (para los salarios mínimos de las categorías 1A, 2A, 2B, 3A, 3B, Administrativos y salarios comprendidos en esta franja) 5.31% (cinco con treinta y uno por ciento)resultante de la acumulación de los siguientes items: 1) 3,50% (tres con cincuenta) por concepto de aumento nominal; y 2) 1.75% ( uno con setenta y cinco por ciento), por concepto de adicional por salario sumergido. Incremento salarios sumergidos Franja 2 (para los salarios mínimos de las categorías 3C y salarios comprendidos en esta franja)4,79% (cuatro con setenta y nueve por ciento) resultante de la acumulación de los siguientes items: 1) 4,27% (3.50% tres con cincuenta por ciento) por concepto de aumento nominal; y 2) 1.25% ( uno con veinticinco por ciento), por concepto de adicional por salario sumergido. Ajuste categoría 4A: Se establece, con vigencia a partir del 1 de enero de 2018, un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2017 del: 4.28 % (cuatro con veintiocho por ciento), resultante de la acumulación de los siguientes items: 1) 3,50% por concepto de aumento nominal; y 2) 0.75% (cero con setenta y cinco por ciento), por concepto de adicional.
CUARTO:Por consiguiente los salarios mínimos nominales por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 2: "Empaque y envasado de frutas, legumbre y hortalizas", con vigencia a partir del 1ero de enero de 2018 serán los siguientes:
| MINIMO NOMINAL |
| PESOS POR HORA |
CAT 1 | $73,05 |
CAT 2A | $77,32 |
CAT 2B | $85,01 |
CAT 3A | $92,68 |
CAT 3B | $95,90 |
CAT 3C | $104,50 |
CAT 4A | $113,75 |
CAT 4B | $128,48 |
CAT 5 | $147,77 |
ADMINIST | $79,06 |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.