Ajuste Enero 2018
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 2 de febrero de 2018, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 09 "Bebidas sin alcohol, cervezas y cebada malteada", Capítulo 01 "Bebidas sin alcohol, aguas y cervezas",integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Mariam Arakelian y Tec. en RR.LL. Valeria Charlone; Delegados Empresariales: Dres. Leonardo Slinger y Joaquín Reyes; Delegados de los Trabajadores: Sr. Rodolfo Guzmán y Fernando Ferreira; HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 27 de noviembre de 2015.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula tercera del referido Convenio Colectivo, se aplicará un porcentaje de incremento salarial equivalente al 4 % de ajuste salarial nominal.
TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 09 "Bebidas sin alcohol, cervezas y cebada malteada", Capítulo 01 "Bebidas sin alcohol, aguas y cervezas" con vigencia a partir del 1º de enero de 2018 son los siguientes :
CATEGORÍA 1 | Operario General | $240,03 nominales por hora |
CATEGORÍA 2 | Operario Práctico | $295,56 nominales por hora |
CATEGORÍA 3 | Operario Especializado | $311,18 nominales por hora |
CATEGORÍA 4 | Operario Técnico | $359,44 nominales por hora |
Administrativo 1º A |
| $67728,21 nominal mensual |
Administrativo 1º B |
| $63443,45 nominal mensual |
Vendedor |
| $57238,28 nominal mensual |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados