Ajuste Enero 2018
ACTA DE AJUSTE. En la ciudad de Montevideo, el 31 de enero de 2018, reunido el Subgrupo No. 3: VIÑEDOS del Consejo de Salarios del Grupo No. 23, compuesto por: a) delegación del Poder Ejecutivo, integrada por la Dra. Jimena Ruy-López por el MTSS y la Ec. María Noel Ackermann por el MGAP; b) delegación de los trabajadores, integrada por el Sr. Richard Righetti; c) delegación empresarial, integrada por el Sr. Fernando Scalabrini, se procede a dejar constancia del ajuste salarial vigente al 01/01/2018:
PRIMERO: AJUSTES.- La evolución del IPC correspondiente al período 1/7/2017 – 31/12/2017 es de 2,13%. Por tanto, y teniendo en cuenta lo estipulado en la cláusula V del Acuerdo suscrito el 23/06/2016, los ajustes que corresponden aplicar al 01/01/2018 son los siguientes:
Franja 1 (salarios menores de $18.164 nominales por mes por 48 horas semanales o equivalente) | Franja 2 (salarios de más de $18.164 y hasta $20.781 nominales por mes por 48 horas semanales o equivalente) | Franja 3 (salarios mayores a $20.781 nominales por mes por 48 horas semanales o equivalente) |
4,8% | 4,28% | 3% |
SEGUNDO: SALARIOS MÍNIMOS.- Como consecuencia de los ajustes referidos, los salarios mínimos al 1/1/18 (sin ficto alimentación y vivienda son los siguientes:
Categorías | Por hora | Por día | Por mes |
Peón común | 75,75 | 606 | 15.149,89 |
Especializado I | 79,83 | 638,61 | 15.965,23 |
Especializado II | 90,55 | 724,38 | 18.109,44 |
Supervisor del Área | 106,5 | 851,98 | 21.299,55 |
TERCERO: FICTO ALIMENTACIÓN Y VIVIENDA.- Los valores del ficto por alimentación y vivienda al 01/01/2018 son de $3.734,78 por mes o $ 149,39 el jornal.
Para constancia se firman 7 ejemplares en lugar y fecha arriba indicados.