Ajuste Enero 2018

ACTA DE AJUSTE. En la ciudad de Montevideo, el 31 de enero de 2018, reunido el Subgrupo No. 3: VIÑEDOS del Consejo de Salarios del Grupo No. 23, compuesto por: a) delegación del Poder Ejecutivo, integrada por la Dra. Jimena Ruy-López por el MTSS y la Ec. María Noel Ackermann por el MGAP; b) delegación de los trabajadores, integrada por el Sr. Richard Righetti; c) delegación empresarial, integrada por el Sr. Fernando Scalabrini, se procede a dejar constancia del ajuste salarial vigente al 01/01/2018:

PRIMERO: AJUSTES.- La evolución del IPC correspondiente al período 1/7/2017 – 31/12/2017 es de 2,13%. Por tanto, y teniendo en cuenta lo estipulado en la cláusula V del Acuerdo suscrito el 23/06/2016, los ajustes que corresponden aplicar al 01/01/2018 son los siguientes:

Franja 1

(salarios menores de $18.164 nominales por mes por 48 horas semanales o equivalente)

Franja 2

(salarios de más de $18.164 y hasta $20.781 nominales por mes por 48 horas semanales o equivalente)

Franja 3

(salarios mayores a $20.781 nominales por mes por 48 horas semanales o equivalente)

4,8%

4,28%

3%

 

SEGUNDO: SALARIOS MÍNIMOS.- Como consecuencia de los ajustes referidos, los salarios mínimos al 1/1/18 (sin ficto alimentación y vivienda son los siguientes:

Categorías

Por hora

Por día

Por mes

Peón común

75,75

606

15.149,89

Especializado I

79,83

638,61

15.965,23

Especializado II

90,55

724,38

18.109,44

Supervisor del Área

106,5

851,98

21.299,55

TERCERO: FICTO ALIMENTACIÓN Y VIVIENDA.- Los valores del ficto por alimentación y vivienda al 01/01/2018 son de $3.734,78 por mes o $ 149,39 el jornal.

Para constancia se firman 7 ejemplares en lugar y fecha arriba indicados.

 

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