Ajuste Enero 2018

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ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 22 de enero de 2018, integrantes del Grupo Nº 7 "Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines", Subgrupo N° 06 Capítulo 01 "Procesamiento del Caucho - Articulos Varios",Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Viviana Dell`Acqua; Dr. Gonzalo Illarramendi Delegado Empresarial: Dra. Tatiana Ferreira Delegados del sector Trabajador: Sindicato de Trabajadores de la Industria Química (STIQ): Silvio Planchesteiner y Bernardo Gonzalez .-

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que en conformidad a lo dispuesto por Acuerdo de Consejo de Salarios de fecha 6 de Diciembre de 2016, se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial con vigencia a partir del 1º de enero de 2018 para el sector individualizado.

SEGUNDO: AUMENTO CON VIGENCIA 1 DE ENERO DE 2018:

Se establece, con vigencia a partir del 1ro de enero 2018, un incremento salarial sobre los salarios mínimos vigentes al 31 de diciembre de 2017 de 3.50% (tres con cincuenta por ciento) y para los sobrelaudos vigentes al 31 de diciembre de 2017 de 3.25% (tres con veinticinco por ciento) y por concepto de aumento diferencial de salarios sumergidos (1,75%)adicional para las categorías Aprendiz, Peón y Medio Oficial Terminador (1,0350*1,0175=1,0531)y por concepto de aumento diferencial de salarios sumergidos (1,25%)adicional para las categorías de  Peón practico, Medio Oficial Prensista, Oficial terminador, Medio Oficial Pesador, Medio Oficial Calandrista, Medio Oficial Molinero, Medio Oficial Cañista, Medio Oficial Extruder, Medio Oficial Foguista (1,035*1,0125=1,0479).

TERCERO:De acuerdo a lo que antecede los salarios mínimos vigentes al 1ero de enero de 2018 son los siguientes:

CATEGORÍA

 MONTO

Aprendiz

82.41

Peón

94.16

Peón Práctico

104.38

Medio Oficial Terminador

98.23

Oficial Terminador

108.39

Medio Oficial Prensista

108.39

Oficial Prensista

114.57

Medio Oficial Pesador

110.97

Oficial Pesador

122.24

Medio oficial Calandrista

110.97

Oficial Calandrista

122.24

Medio Oficial Molinero

110.97

Oficial Molinero

122.24

Medio Oficial Mantenimiento

121.98

Oficial Mantenimiento

137.49

Medio Oficial Cañista

108.39

Oficial Cañista

114.57

Medio Oficial Cilindrero

114.57

Oficial Cilindrero

129.91

Medio Oficial Extruder

108.39

Oficial Extruder

114.57

Oficial Balancinero

122.24

Medio Oficial Tornero

126.03

Oficial Tornero

148.93

Oficial Tornero Matricero

163.92

Medio Oficial Foguista

108.39

Oficial Foguista

114.57

 

Leída que les fue las partes firman y ratifican en cuatro ejemplares.-

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