Ajuste Enero 2018
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 22 de enero de 2018, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 7 "Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines", Subgrupo N° 07 "Medicamentos y farmaceútica de uso animal",integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Viviana Dell`Acqua, Dr. Gonzalo Illarramendi Delegado Empresarial: Jose Mantero yDr. Mario GarmendiaDelegados del sector Trabajador: Sindicato de Trabajadores de la Industria Química (STIQ): Silvio Planchesteiner y Bernardo Gonzalez.-
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que en conformidad a lo dispuesto por Acuerdo de Consejo de Salarios de fecha 6 de Diciembre de 2016, se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial con vigencia a partir del 1º de enero de 2018 para el sector individualizado.
SEGUNDO: AUMENTO CON VIGENCIA 1 DE ENERO DE 2018:
Se establece, con vigencia a partir del 1ro de enero 2018, un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2017 de4.00% (cuatro por ciento) y por concepto de aumento diferencial de salarios sumergidos (1,25%)adicional para las categorías de Cadete y Limpiador (1,04*1,0125=1,0530).
TERCERO:De acuerdo a lo que antecede los salarios mínimos vigentes al 1ero de enero de 2018 son los siguientes:
PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE DIRECCION
CATEGORÍAS MONTOS
CADETE 21.001
LIMPIADOR 23.029
TELEFONISTA – RECEPCIONISTA 23.852
AUXILIAR TERCERA 23.852
AUXILIAR SEGUNDA 27.566
SECRETARIA 27.565
AUXILIAR PRIMERA 29.798
CAJERO 29.798
AYUDANTE TÉCNICO 2º 32.953
ENCARGADO 33.403
COBRADOR 33.555
AYUDANTE TECNICO 1º 34.464
VENDEDOR DE PLAZA 34.469
OFICIAL DE ADMINISTRACIÓN 35.364
PROGRAMADOR 38.069
SECRETARIA BILINGUE 38.069
SUBJEFE 39.268
VIAJANTE 39.268
IDÓNEO 43.482
JEFE DE SECCIÓN 45.286
TEC. UNIV. S/JEFATURA 52.509
PERSONAL OBRERO
OPERARIO COMÚN 23.852
OPERARIO PRÁCTICO 25.778
MEDIO OFICIAL DE MANTENIMIENTO 25.778
OPERARIO ESPECIALIZADO 28.875
ENCARGADO 33.403
OFICIALES DE MANTENIMIENTO 30.697
OFICIAL FOGUISTA 33.328
Leída que les fue las partes firman y ratifican en cuatro ejemplares.-