Ajuste Enero 2021
Grupo 8.1
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 23 de dciembre 2020, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 8, Subgrupo 01: "Industria metálicas básicas, productos metálicos, reciclaje de productos metálicos, aberturas de aluminio; muebles metálicos. Maquinarias y equipos (motores, bombas, compresores, refrigeración). Mantenimiento de maquinarias, equipos e instalaciones en empresas. Diques, Varaderos, Astilleros y Talleres Navales", integrado por: La Delegación del Poder Ejecutivo: las Dras. Liliana Sarganas y Andrea Custodio; La Delegación de los trabajadores: los Sres. Danilo Dàrdano, Leonardo Diaz, Alejandro Chagas, Luis Lapaz en representación de la UNTMRA (Unión Nacional de Trabajadores Metalúrgicos y Ramas a Fines); y La Delegación empresarial: la Dra. Laura Acuña en representación de la Cámara Metalúrgica del Uruguay, y los Sres. Mauro Leyba y Santiago García en representación de la Cámara Naval del Uruguay; ambas partes en calidad de delegados en nombre y representación de las trabajadores y empresas que integran el presente Sub grupo 01 SECTOR METALÚRGICO y NAVAL, dejan constancia de lo siguiente:
PRIMERO: PRIMERO: En función de lo establecido en la cláusula segunda del acta del Consejo de Salarios de fecha 15 de setiembre 2020, se procede a aplicar el ajuste salarial previsto a partir del 1º de enero 2021.-
SEGUNDO: Los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2020 recibirán un ajuste salarial a partir del 1° de enero de 2021 del 3%.
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categorías para el Grupo Nº 8, Subgrupo 01: Sector Metalúrgico y Naval, con vigencia a partir del 1º de enero 2021, serán los que surgen del anexo que se adjunta y que forma parte integrante de la presente acta.-
Leída que les fue la presente, se ratifica la misma y se firman ocho ejemplares mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.