Ajuste julio 2009

 

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día veintiocho de agosto de dos mil nueve, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 8, Subgrupo 07 "Industria del Plástico y Juguetes. Fibra de Vidrio", comparecen: Por la Delegación del Poder Ejecutivo: la Dra. Andrea Custodio, el Dr. Fernando Delgado y la Cra. Graciela Saldías, Por la Delegación Empresarial: los Sres. Héctor de los Santos y Hamlet Luz en representación de AUIP, Por la Delegación de los Trabajadores: los señores Luis Vega, Mario Moreira, Claudio Furest, Wasyington Díaz y Ana Machado en representación de la UNTMRA, quienes convienen dejar constancia de lo siguiente:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial del mes de julio de 2009, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 11 de noviembre de 2008, homologado por decreto 611/2008 de fecha 8 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula sexta del referido Convenio Colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2009, es del 5,41 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

  1. 0,31% de correctivo (resultante de la diferencia entre la inflación proyectada para el período 1º/01/09 – 30/06/09, de 2,5 % y la efectivamente registrada de 2,82 %)

  2. 2,5 % por concepto de inflación esperada

  3. 0,5% por concepto de incremento real de base

  4. 1% por concepto de adicional

  5. 1% por concepto de crecimiento del sector

Procedimiento: 1,0031 x 1,025 x 1,005 x 1,01 x 1,01 = 1,0540879 por redondeo 5,41%

Los aumentos dispuestos son para el personal obrero, administrativo y de servicio sin cargos de dirección.

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 8, Subgrupo 07 con vigencia desde el 1º de julio de 2009, serán los que surgen del anexo que se adjunta y que forma parte integrante de la presente acta.-

Leída que les fue la presente, se ratifica la misma y se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

Acta de Ajuste 1.7.


ANEXO




Salarios mínimos por categorías del Grupo 8-Subgrupo 07-Industria del Plástico, juguetes y fibra de vidrio, a partir del




1° de julio del 2009




 










TALLER MECANICO










Categoría Jornal $



Oficial grabador733,70



Medio oficial grabador586,70



Grabador diseñador818,00



Oficial matricero628,00



Medio oficial matricero487,10



Matricero diseñador742,90



Oficial fresador580,50



Medio oficial fresador458,00



Oficial tornero mecánico580,50



Medio oficial Tornero mecánico458,00



Oficial ajustador580,50



Medio Oficial ajustador458,00



Oficial electricista580,50



Medio Oficial electricista458.00



Oficial cepillador mecánico580,50



Medio Oficial cepillador mecánico458,00



Oficial cañista580,50



Medio oficial cañista458,00



APRENDICES PARA TODOS LOS OFICIOS




GRUPO A










Categoría IJornal $



Salario inicial168,50



Salario al cumplir los 6 meses335,50



Salario al cumplir los 18 meses458,00









Categoría IIJornal $



Salario inicial333,90



Salario al cumplir los 6 meses458,00









GRUPO B











Jornal $



Jornal inicial235,90



Con un año de antigüedad281,90



Con dos años de antigüedad284,90



Con tres años de antigüedad317,10









Sección Fabricación:











Jornal $



Operario I458,00



Operario II458,00



Operario III379,90



Operario IV419,70



Operario V589,70



Operario VI379,90



Sección Terminación:











Jornal $



Operario práctico379,90



Rebabador379,90



Perforador en taladro379,90



Colocación ojos móviles muñeca379,90



Peinado de muñecas379,90



Operario moldeador379,90



Op. Fabricación carpetas379,90



Lijado a máquina379,90



Pintado a soplete379,90



Op. Depósito y/o almacenes y/o stock expedición379,90



Operario de terminación379,90



Pintura y Pulimento:











Jornal $



Oficial pintor549,90



Medio oficial pintor453,40



Pulidor en plástico379,90



Personal de servicio:











Jornal $



Portero379,90



Limpiador333,90



Categorías Varias:





Jornal $



Operario al inicio333,90



Operario Práctico379,90



Sereno419,70



Poliestireno expandible379,90



Veta pasante379,90



Molinero (recuperación)379,90



Mezclador379,90



Chofer repartidor419,70



Op. que trabaja con ácido379,90



Metalizador379,90









EMPRESAS FONOGRÁFICAS











Jornal $



Operario en grabación de discos661,70



Ayudante de Grabador de discos379,90



Sección Galvanoplastia (Baños)











Jornal $



Oficial516,20



Medio Oficial458,00



Industria Peinera











Jornal $



Operario I379,90



Personal con cargo de administración:





Salario Mensual $:



Mandadero5888,00



Cadete7850,00



Telefonista8352,00



Auxiliar III8352,00



Auxiliar II10081,00



Auxiliar I12468,00



Vendedor13022,00



Percibirá además siendo empleado exclusivo la cantidad de $ 651,30 mensuales por concepto de gastos de locomoción.










Viajante16695.00



Percibirá además siendo empleado exclusivo un viático diario de $ 446,00




Cobrador10448.00



Percibirá además siendo empleado exclusivo la cantidad de $614,50 mensuales por concepto de gastos de locomoción.










Cajero10449.00



Percibirá además la cantidad de $ 614,50 mensuales por concepto de quebrantos de caja cuando se deduzcan a su costa los quebrantos producidos.










Auxiliar de depósito o ayudante de encargado de depósito8353.00









Departamento Técnico










Ayudante de encargado de planta13021.00



Ayudante técnico de Ingeniero13343.00


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