Ajuste Julio 2014
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 15 de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 09 "Bebidas sin alcohol, aguas, cervezas y cebada malteada", Capítulo 02 "Malterías ", integrado por: los Delegados del Poder Ejecutivo: Tec. RR.LL. Valeria Charlone; losDelegados Empresariales: Mariana Fontesy Dr. Marcelo Cousillas; los Delegados de los Trabajadores: por la Federación de Obreros y Empleados de la Bebida (FOEB): Fernando Ferreira, Rodolfo Guzman y Cr. Ernest Zelko,
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al sexto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscripto el día 22 de marzo de 2012.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula NOVENA del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2014 es del 4%,
TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 09 " Bebidas sin alcohol, aguas, cervezas y cebada malteada", Capítulo 02 "Malterías", con vigencia desde el 1º de julio de 2014, serán los siguientes:
CATEGORIAS | POR HORA $ |
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PROCESO |
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Ayudante de Operador | 134 | |
Operador | 167
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Operador Calificado I | 187 | |
Operador Calificado II | 206 | |
Operador Técnico | 262 | |
MANTENIMIENTO |
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Medio Oficial Mecánico | 177 | |
Técnico Electro-Mecánico | 222 | |
LABORATORIO |
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Laboratorista | 206 | |
Técnico en Laboratorio | 222 | |
ADMINISTRATIVOS |
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Portero Balancero | 206 | |
Técnico Administrativo I | 206 | |
Técnico Administrativo II | 222 |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.