Ajuste Julio 2014

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día  de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 7 “Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines”, Subgrupo N° 07 “Medicamentos de uso veterinario”,integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Gonzalo Illarramendi y Viviana Dell`Acqua Delegados Empresariales: Julio Guevara,Delegados del sector Trabajador: Sindicato de Trabajadores de la Industria Química (STIQ):   Raúl Perez y Jorge Braida.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que en conformidad a lo dispuesto por Acuerdo de Consejo de Salarios de fecha 14 de Noviembre de 2013, se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial con vigencia a partir del 1º de Julio de 2014 para el sector individualizado.

SEGUNDO: AJUSTE 1ero de julio 2014.

SALARIOS MÍNIMOS POR CATEGORÍA Y SOBRELAUDOS.

Se establece que todo trabajador comprendido en este convenio, percibirá sobre su salario nominal en la oportunidad un porcentaje de aumento de 9,08% resultado acumulado de los siguientes conceptos:

A) CORRECTIVO: Un porcentaje por concepto de correctivo que surge de la comparación entre la inflación estimada y la real correspondiente al período anual anterior al del ajuste, equivalente a 3,89%.

B) INFLACIÓN ESTIMADA: Un porcentaje de 5% por concepto de inflación estimada para el año 1º de julio 2014 – 30 de juniode 2015  resultante de promediar la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del Banco Central del Uruguay (BCU) para el período que abarque el ajuste.

TERCERO: En aplicación de lo dispuesto precedentemente, los salarios mínimos por categoría, a partir del 1ero de julio de 2014, serán los siguientes:

 

PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE DIRECCION

CATEGORÍAS - MONTOS

CADETE    14.249

LIMPIADOR  15.625

TELEFONISTA – RECEPCIONISTA   17.008

AUXILIAR TERCERA  17.008

AUXILIAR SEGUNDA   19.657

SECRETARIA            19.656                 

AUXILIAR PRIMERA  21.248

CAJERO  21.248

AYUDANTE TÉCNICO 2º  23.498

ENCARGADO  23.819

COBRADOR  23.925

AYUDANTE TECNICO 1º  24.575

VENDEDOR DE PLAZA   24.578

OFICIAL DE ADMINISTRACIÓN   25.217

PROGRAMADOR  27.145

SECRETARIA BILINGÜE  27.145

SUBJEFE  28.001

VIAJANTE     28.001

IDÓNEO  31.006

JEFE DE SECCIÓN  32.291

TEC. UNIV. S/JEFATURA  37.441

PERSONAL OBRERO

OPERARIO COMÚN 17.008

OPERARIO PRÁCTICO  18.381

MEDIO OFICIAL DE MANTENIMIENTO18.381

OPERARIO ESPECIALIZADO  20.589

ENCARGADO  23.819

OFICIALES DE MANTENIMIENTO  21.888

OFICIAL FOGUISTA   23.764

En lugar y fecha indicados, se firman cuatro ejemplares.-

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